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JEP imputa a 27 exintegrantes de las Farc por crímenes no amnistiables y violencia de género

La imputación hace parte de los casos 10 y 11 de la JEP, que abordan crímenes no amnistiables atribuidos a las antiguas Farc y hechos de violencia sexual y basada en género. Entre los imputados hay cuatro exintegrantes del último Secretariado de la desmovilizada guerrilla, llamados a reconocer como máximos responsables por hechos como los atentados a Germán Vargas Lleras, la bomba al Club El Nogal y la masacre de los Turbay en Caquetá, que dejaron 2.436 víctimas.

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04 de agosto de 2026 - 05:31 p. m.
Entre los imputados hay cuatro exintegrantes del último Secretariado de las Farc. Si reconocen responsabilidad, su caso pasará a manos de la Sección de Reconocimiento del Tribunal para la Paz.
Entre los imputados hay cuatro exintegrantes del último Secretariado de las Farc. Si reconocen responsabilidad, su caso pasará a manos de la Sección de Reconocimiento del Tribunal para la Paz.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a 27 exintegrantes de las antiguas Farc por su presunta responsabilidad en crímenes no amnistiables, como atentados y masacres, y hechos de violencia sexual y de género. Entre los imputados hay cuatro exmiembros del último Secretariado de la desmovilizada guerrilla.

La imputación, tras una investigación liderada por la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, está relacionada con dos de los macrocasos que adelanta la justicia transicional: el caso 10, que investiga los crímenes no amnistiables cometidos por las Farc en el marco del conflicto armado, y el caso 11, sobre violencia basada en género, violencia sexual, violencia reproductiva.

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Se trata de la primera imputación de la JEP sobre estos dos macrocasos, de cara al cierre de la etapa de investigación que se adelanta en la Sala de Reconocimiento de Verdad. Los exintegrantes del último Secretariado imputados son Rodrigo Londoño, alias “Timochenko”; Jaime Alberto Parra, alias “Mauricio Jaramillo” o “El Médico”; Julián Gallo Cubillos, alias “Carlos Antonio Lozada”; y Milton de Jesús Toncel, alias “Joaquín Gómez”.

La imputación se centra en crímenes atribuidos a los bloques Sur y Oriental de las antiguas Farc, considerados como los “equivalentes funcionales” de las unidades del Ejército en 15 departamentos del país, especialmente de las regiones Orinoquía y Amazonía. Allí se cometieron, entre otros delitos, desapariciones forzadas, masacres, homicidios, crímenes en medio de tomas guerrilleras, desplazamientos forzados, torturas y violencia sexual.

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Son, en total, 2.436 víctimas de crímenes atribuidos a la antigua guerrilla de las Farc y recogidos en 76 informes de organizaciones, entre ellos 37 enviados a la JEP por parte de mesas de víctimas. A partir de esa información, definieron tres grandes patrones criminales: crímenes cometidos por control social y territorial, crímenes cometidos en el desarrollo de hostilidades y crímenes en contextos urbanos.

Entre los hechos por los que fueron llamados a reconocer responsabilidad los 27 exintegrantes de las antiguas Farc está el atentado al Club El Nogal, en Bogotá, el 7 de febrero de 2003. Sobre las 8:15 de la noche, como lo recopiló la Comisión de la Verdad, hombres de ese grupo armado instalaron un carro bomba al frente del exclusivo lugar, que a esa hora era muy concurrido.

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El vehículo había sido cargado con 200 kilos de explosivos, cuya detonación dejó a 36 personas muertas y 198 heridas. Todos eran civiles, empleados y socios del Club El Nogal. “Si las FARC-EP buscaban un reconocimiento político internacional como fuerza beligerante, este tipo de hechos las alejaron de ello. Por el contrario, las ancló a la lista de organizaciones terroristas internacionales por más de dos décadas”, señaló la Comisión de la Verdad.

Pero también hay casos sobre graves hechos de violencia contra líderes sociales, funcionarios públicos, servidores judiciales, mujeres y población civil en una decena de departamentos del suroriente del país. Entre estos, por ejemplo, está el caso del caballo bomba en el municipio de Chita (Boyacá). Un ataque perpetrado por las antiguas Farc el 10 de septiembre de 2003, que dejó a ocho personas muertas, entre ellas un menor de edad.

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La imputación de estos hechos del caso 10 de la JEP es en conjunto con las investigaciones del caso 11, dado que la justicia transicional encontró que, en muchos casos, “usaron la violencia sexual como castigo contra mujeres campesinas que, a juicio de la guerrilla, incumplían sus normas o desafiaban su autoridad”, en los departamentos en los que tenía dominio territorial.

Los hechos atribuidos a los 27 exguerrilleros ocurrieron en la Cordillera Oriental, la Orinoquía y la Amazonía, en los departamentos de Arauca, Casanare, Cundinamarca, Meta, Guaviare, Vichada, Vaupés, Guainía, Caquetá y Putumayo, así como partes de Nariño, Cauca, Huila, Boyacá y el Amazonas, donde operaron durante años los bloques Sur y Oriental de las Farc.

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Entre los hechos de violencia urbana incluidos en esta imputación aparece el asesinato del líder conservador Álvaro Gómez Hurtado y de José del Cristo Huertas Hastamorir, el 2 de noviembre de 1995 a la salida de la Universidad Sergio Arboleda, en Bogotá. Julián Gallo, alias “Carlos Antonio Lozada, asumió su responsabilidad en el crimen, pese a que la familia del político ha sostenido una tesis distinta y se ha negado a que el caso esté en la JEP.

“La Sala de Reconocimiento afirma que tiene razones suficientes para entender que por los menos dos de los sicarios que participaron en el atentado contra Álvaro Gómez Hurtado sí eran miembros de las Farc-EP, específicamente de la red urbana a cargo de Julián Gallo, entonces conocido como ‘Carlos Antonio Lozada’”, señaló la magistrada Julieta Lemaitre, quien lideró la investigación e imputación contra los exguerrilleros.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Eduardo Sáenz Rovner(7668)Hace 29 minutos
Una punta de salvajes.
Eduardo Galeano López(34409)Hace 44 minutos
Bueno les imputan responsabilidad en los delitos cometidos y la condena para cuándo, mucha vuelta para resolver un asunto que requiere pronta y cumplida justicia.
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