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El juez 14 de control de garantías de Barranquilla, Jorge Alberto Ortiz Ángel, avaló este miércoles 24 de noviembre la imputación de cargos presentada por la Fiscalía contra Nicolás Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro, por su presunta participación en contratos irregulares ocurridos en Atlántico. Nicolás Petro no aceptó los cuatro delitos que le imputó el ente acusador.
La fiscal del caso, Lucy Laborde, retiró el cargo de falso testimonio y mantuvo la imputación por interés indebido en la celebración de contratos, falsedad en documento público, tráfico de influencias y peculado por apropiación. La funcionaria precisó que “la Fiscalía no insistirá por el delito de falso testimonio toda vez que la información se ingresa a la plataforma con la salvedad que se hace bajo la gravedad del juramento. Esta conducta queda íntegramente subsumida en el tipo penal de falsedad ideológica en documento público que constituye la calificación jurídica más específica y adecuada para los hechos investigados”.
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La Fiscalía sostuvo que parte de los hechos están relacionados con supuestos datos inexactos que Nicolás Petro habría registrado en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (Sigep), particularmente en su hoja de vida y en la descripción de su trayectoria laboral. Ese comportamiento, según el ente investigador, encaja en el delito de falsedad en documento público. La audiencia fue suspendida a las 5:43 p.m. y quedó pendiente la solicitud de medida de aseguramiento, programada para el martes 2 de diciembre a las 8:30 a.m.
La Fiscalía sostiene que en 2021 Nicolás Petro Burgos habría intervenido, junto a su entonces pareja Daysuris Vásquez, en la celebración de contratos irregulares con fines personales, gestionados a través de la Fundación Conciencia Social (Fucoso), donde participaron allegados a la familia.
Según el ente acusador, Petro Burgos habría instruido a Vásquez para establecer contactos con el secretario general de la Gobernación del Atlántico, Raúl José Lacouture Daza, así como con Pedro Name y Gustavo de la Ossa, quienes tendrían influencia en los procesos de contratación directa entre la administración departamental y la fundación encargada de ejecutar los convenios cuestionados.
En paralelo, Nicolás Petro enfrenta en Barranquilla un proceso ante un juzgado especializado por presunto lavado de activos y enriquecimiento ilícito, investigaciones que tanto la Fiscalía como la Procuraduría iniciaron en 2023. Según las autoridades, cuando era diputado del Atlántico en 2022, el hijo del presidente habría desviado para su beneficio personal parte del dinero que, al parecer, estaba destinado a la campaña electoral de su padre.
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La defensa de Nicolás Petro, en cabeza del abogado Alejandro Carranza, alegó que la imputación por dos delitos de peculado por apropiación vulneraría la prohibición de doble incriminación, dado que Petro ya está siendo procesado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos. Sostuvo que el enriquecimiento ilícito funciona como un tipo penal subsidiario que no permite imputar simultáneamente los delitos que habrían originado el incremento patrimonial.
Según la defensa, si ahora se le imputan peculados por apropiación que supuestamente explican el origen del dinero, se estaría ante una doble persecución penal por los mismos hechos. El juez Ortiz Ángel, sin embargo, descartó ese argumento. Señaló que las investigaciones no comparten una identidad plena de objeto, es decir que, aunque están relacionados, una analiza el origen del incremento patrimonial (peculado) y la otra evalúa si ese incremento tiene justificación legal (enriquecimiento ilícito).
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La Fiscalía sostuvo que entre 2021 y 2022, cuando Nicolás Petro Burgos aún ejercía como diputado del Atlántico, habría utilizado “su influencia social y política” para desviar COP 111 millones provenientes de dos contratos destinados a programas de atención para adultos mayores en ese departamento.
De acuerdo con la fiscal Lucy Laborde, el procesado habría instruido a su entonces pareja, Daysuris Vásquez, para establecer contactos con el secretario general de la Gobernación, Raúl José Lacouture Daza, así como con Pedro Name y Gustavo de la Ossa, quienes tendrían incidencia en los procesos de contratación directa entre la administración departamental y la Fundación Conciencia Social, entidad encargada de ejecutar los convenios cuestionados.
Según la versión de la Fiscalía, del primer contrato Petro Burgos habría obtenido COP 72 millones a través del anticipo, mientras que del convenio firmado en 2022 se habría apropiado de COP 39 millones adicionales mediante la vinculación de personal con salarios presuntamente “inflados”. Con estos hechos, el ente acusador imputó los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación y tráfico de influencias.
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La intervención de Nicolás Petro
Tras la formulación de imputación a cargo de la fiscal Lucy Laborde, el juez le concedió a Nicolás Petro un espacio para expresar si había comprendido los hechos expuestos por la Fiscalía. No obstante, el hijo del presidente intentó cuestionar la imputación de la fiscal e, lo que llevó a que el juez Ortiz Ángel lo obligara a rectificar su palabras y señaló que intentaba hacer un “debate jurídico”.
Los reparos del despacho apuntaban a que el procesado no se limitaba a solicitar aclaraciones, sino que buscaba debatir con la fiscal sobre la sustentación de los delitos imputados. En un momento, Petro formuló preguntas sobre la figura del “coautor interviniente” y la responsabilidad de un particular en un delito cuyo sujeto activo es un servidor público.
“¿Puede explicar cómo puede responder un particular por peculado como coautor interviniente si la calidad especial recae sobre el servidor público y usted misma reconoció que yo no tenía custodia ni disponibilidad jurídica de los recursos?”, dijo. El juez interrumpió de inmediato: “No lo conteste, señora fiscal. No le voy a permitir esas preguntas. Esto no se trata de hacer un debate jurídico, sino de decir si usted entendió los hechos”.
De todas formas, Petro insistió y lanzó otra pregunta al asegurar que la fiscal Laborde no había formulado los cargos con claridad. Un señalamiento que también tuvo el juez Ortiz Ángel, la Procuraduría y el abogado defensor Alejandro Carranza coincidieron en que la exposición de la fiscal Laborde presentaba deficiencias y falta de claridad, lo que ocasionó que se suspendiera en varias ocasiones las audiencias de imputación.
El juez volvió a frenar la intervención y dejó constancia de que no permitiría que esa fase de la diligencia se convirtiera en un escenario de confrontación: “Yo a usted, gentilmente, le permití que hicieran aclaraciones que incluso no son propias de la audiencia con la finalidad de ser garantista y darle voz aunque fuese impertinente. Ahora está haciendo las preguntas aclaratorias para retórica, no se lo voy a permitir”.
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