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La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) llamó a reconocer responsabilidad a ocho comparecientes del Ejército por crímenes que afectaron a los pueblos indígenas Awá y Eperara Siapidaara, pueblos afrocolombianos y comunidades campesinas en el departamento de Nariño. Los hechos ocurrieron en los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas entre los años 2001 y 2012.
Siete de los comparecientes llamados a reconocer responsabilidad dentro del caso 02, que estudia la situación territorial en Nariño, fueron integrantes del Grupo de Caballería Mecanizado Número 3 “General José María Cabal”, y uno del Batallón de Contraguerrilla Número 93 “Ramiro Rueda Mendoza”. Los exuniformados tendrán que definir si aceptan o no responsabilidad en tres patrones criminales.
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Se trata de Luis Felipe Montoya Sánchez, excomandante del Grupo Cabal; José David Vásquez Acevedo, exjefe de la Sección de Operaciones; y Juan Carlos Dueñas Mejía, excomandante de escuadrón. Asimismo, fue llamado a reconocer responsabilidad el capitán Carlos Alfredo Castro Pinzón, quien fue jefe de la Sección de Operaciones, ejecutivo y segundo comandante de esa unidad militar.
También fueron imputados como máximos responsables Carlos Alberto Gutiérrez González, quien se desempeñaba como jefe de inteligencia del Grupo Cabal; José Gregorio Betancourt Rodríguez, entonces coordinador de la red de inteligencia; y Alexander Guerrero Castellanos, excomandante de pelotón y coordinador de la red de cooperantes. Asimismo, fue imputado Adolfo Díaz Masmela, excomandante de compañía del Batallón de Contraguerrilla Número 93.
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Según indicó la JEP, la Sala de Reconocimiento de Verdad concluyó que en el departamento de Nariño “crímenes de lesa humanidad de asesinato, desaparición forzada, exterminio, traslado forzoso de población, tortura y persecución. Asimismo, se configuraron los crímenes de guerra de homicidio y tortura”.
Patrones criminales encontrados
El primer patrón macrocriminal identificado por la JEP fue la estigmatización y violencia selectiva orientadas a restringir y debilitar los procesos organizativos étnicos y no étnicos. Las víctimas de este patrón fueron señaladas como “guerrilleros, auxiliadores o colaboradores” de grupos armados ilegales, lo que habría llevado a homicidios selectivos, detenciones arbitrarias, torturas físicas y psicológicas, así como amenazas e intimidaciones individuales y colectivas. La JEP señaló que estos hechos fueron cometidos directamente por integrantes de la fuerza pública.
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El segundo patrón comprende el asesinato de miembros de pueblos étnicos y comunidades campesinas que fueron presentados ilegítimamente como bajas en combate, con el objetivo de simular resultados operacionales. “Estos homicidios se dirigieron principalmente contra la población civil del territorio priorizado, con afectaciones directas y reiteradas sobre autoridades tradicionales, liderazgos sociales, etnoeducadores, exgobernadores indígenas y presidentes de juntas de acción comunal”, aseguró la JEP.
Por último, la Sala señaló que en Tumaco, Ricaurte y Barbacoas se desarrolló una política militar en la que el territorio fue tratado como un recurso estratégico “para el despliegue de operaciones contrainsurgentes y de erradicación de cultivos de uso ilícito, lo que afectó los derechos territoriales de los pueblos negros afrocolombianos, indígenas y comunidades campesinas de la zona”.
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Asimismo, indicó que este patrón se consolidó a través de diversas formas de violencia, como desplazamientos forzados, confinamientos y restricciones a la movilidad. Para la JEP, estos hechos afectaron gravemente la existencia física, espiritual y cultural de estos pueblos y comunidades. Los comparecientes ahora tendrán dos caminos: aceptar su responsabilidad y reconocerlo frente a las víctimas o negar los cargos, ser investigados por la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) e ir a juicio adversarial.
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