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Las veces que el Consejo de Estado ha frenado decisiones claves para el gobierno de Petro

En al menos cuatro ocasiones, el alto tribunal le ha puesto freno a algunas directrices del presidente Gustavo Petro y, en otros casos, le ha ordenado retractarse por hacer acusaciones públicas sin pruebas ni argumentos. Decisiones que han alimentado la tensión en la ya caldeada relación entre el Ejecutivo y la Rama Judicial. Estos son algunos de los casos más relevantes.

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Gustavo Montes Arias
13 de febrero de 2026 - 09:08 p. m.
En distintas oportunidades las altas cortes le han puesto freno a órdenes del Ejecutivo. Incluso, le han ordenado retractarse de algunos de sus pronunciamientos públicos más polémicos.
En distintas oportunidades las altas cortes le han puesto freno a órdenes del Ejecutivo. Incluso, le han ordenado retractarse de algunos de sus pronunciamientos públicos más polémicos.
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El Consejo de Estado le puso nuevamente freno a una de las decisiones del gobierno del presidente Gustavo Petro. La más reciente se conoció en la mañana de este 13 de febrero: el magistrado Juan Camilo Morales Trujillo, de la Sección Segunda, anunció la suspensión de manera provisional del decreto 1469 de 2025, con el cual el jefe de Estado fijó el salario mínimo en COP 2.000.000. La medida, mientras el alto tribunal toma una determinación de fondo sobre las demandas que piden tumbar el decreto.

La reciente decisión ordenó al presidente Petro emitir un nuevo decreto en el cual fije un salario mínimo que tenga en cuenta todas las variables económicas del país y que, además, se ajuste a la ley. Sin embargo, esta medida del Consejo de Estado no es un asunto aislado y se suma a una compleja relación entre el Ejecutivo y la rama judicial, que, en lo que va de este gobierno, ha tumbado decretos y le ha ordenado retractarse de varios pronunciamientos públicos.

La tensión ha sido de ambos lados. En julio de 2025, cuando Eduardo Montealegre era el jefe del Ministerio de Justicia, el entonces alto funcionario del gobierno Petro firmó un decreto con el que le quitó al Consejo de Estado la capacidad para estudiar tutelas contra el presidente de la República y le entregó esa responsabilidad a los jueces del circuito. La razón, según el gobierno, era garantizar el equilibrio y el acceso a la justicia.

Sin embargo, la lectura que varios juristas expertos hicieron de esa movida no fue la misma y señalaron en su momento que, por el contrario, la medida era cuestionable por la compleja relación que han tenido durante estos más de tres años el presidente Petro y las altas cortes. En medio de esos desencuentros, en varias oportunidades el Consejo de Estado ha tomado decisiones contrarias a los intereses del gobierno y al presidente. Estas son algunas de ellas.

En contexto: Las cuatro razones del Consejo de Estado para frenar el salario mínimo

La regulación de los servicios públicos

Una de las primeras decisiones del Consejo de Estado que golpeó al gobierno Petro se conoció el 2 de marzo de 2023. Ese día, el alto tribunal suspendió un decreto de febrero de ese año que le daba competencias al presidente de la República para regular los servicios públicos de agua, saneamiento básico, energía y gas en el país. En esa ocasión, el alto tribunal dejó sin efectos de manera temporal la orden del gobierno, mientras analizaba si al dictarla se había violado la ley.

El decreto del presidente había generado polémica porque, por un período de tres meses, le asignaba al jefe de Estado las funciones que eran exclusivas de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) y de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). El objetivo de esa movida era, de forma particular, ponerse al frente de la fijación de las tarifas de servicios públicos que, según el presidente, había disparado la inflación.

Las demandas en contra de ese decreto argumentaban que el jefe de Estado no podía asumir esa facultad, porque la fijación de los precios de servicios públicos estaba sujeta a la expedición de una ley en el Congreso. Al estudiar el caso, el Consejo de Estado encontró además que el borrador de la decisión no se había publicado durante los 15 días que dice la ley para que reciba comentarios y que el presidente había pasado por encima de esa normativa.

Lea también: Este es el fallo completo del Consejo de Estado para suspender el decreto del salario mínimo

Los consejos de ministros televisados

En la tarde del 4 de febrero de 2025, los canales de televisión públicos y privados del país interrumpieron su programación para emitir lo que en principio se creía que sería una alocución presidencial. Lo que en realidad se transmitió durante varias horas, en el horario de mayor tráfico para medios de comunicación, fue un consejo de los ministros del gobierno Petro, en el que dejaron ver desencuentros entre funcionarios y desarticulación institucional.

Ese primer consejo de ministros televisado fue el punto de partida para una práctica que se empezó a repetir semanalmente, según el presidente Petro, para hablarle con transparencia al país. Una ciudadana identificada como María Cristina Cuéllar Cárdenas demandó esas transmisiones de televisión ante el Consejo de Estado, argumentando que la Corte Constitucional ya había dado linemientos claros sobre el desarrollo de las alocuciones presidenciales.

Para la demandante, la figura de la alocución no puede ser utilizada de forma reiterada o injustificada, especialmente cuando el mensaje no responde a una situación de urgencia, necesidad o interés general para el país. El Consejo de Estado le dio la razón a la ciudadana y el 11 de abril de 2025 decidió proteger el derecho a la información y prohibió que los consejos de ministros se siguieran transmitiendo por canales de televisión privados.

Para el Consejo de Estado, los consejos de ministros televisados semanalmente limitan el acceso a una oferta informativa plural y veraz, imponen de manera obligatoria una única fuente informativa oficial y restringen el libre acceso a otras opciones de entretenimiento, especialmente en horarios de alta audiencia. Para Petro, por el contrario, la decisión fue un intento por “censurar al presidente de la República”.

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El polémico “decretazo” del presidente

La convocatoria a una consulta popular por parte del gobierno ha sido uno de los temas que más discusión y polémica han generado durante el paso del presidente Petro por la Casa de Nariño. La iniciativa que se adelantó a mediados de 2025 buscaba destrabar, por medio de una herramienta de participación ciudadana, dos de los proyectos claves del gobierno que se estancaron en su discusión en el Congreso: la reforma laboral y al sistema de salud.

La propuesta de una consulta popular fue presentada inicialmente ante el Congreso, que la rechazó el 14 de mayo del año pasado. La votación en el Legislativo no le gustó al presidente, quien señaló que había sido inconstitucional por cuenta de errores cometidos por el Senado, que llevaron a que el resultado no fuera legal. Por esa razón, el jefe de Estado convocó a la consulta por la vía de un decreto.

Doce congresistas demandaron ese acto administrativo ante el Consejo de Estado, pidiéndole al alto tribunal que suspendiera el decreto, mientras que los consejeros estudiaban el caso y sus implicaciones políticas, para tomar una decisión de fondo. Solo entre el 11 de junio de 2025, fecha de la firma del decretazo, y el 16 de ese mismo mes, el alto tribunal recibió 97 tutelas y 34 acciones de nulidad en contra de la decisión del presidente.

El 18 de junio, la Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió los efectos del decreto, mientras decidía de fondo. Para el alto tribunal, el decreto de consulta popular se pasó por encima de la ley y de lo que dice la Constitución sobre este tipo de trámites: “Fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República”. Además, ratificó que era suya la competencia de revisarlo y no de la Corte Constitucional, como alegaba el presidente.

Lea: ¿Equidad o privilegio? La discusión por polémica negociación de Carlos Mattos y la Fiscalía

Las rectificaciones de Petro

La que es, tal vez, la materia en la que más decisiones ha tomado el Consejo de Estado en los últimos años son las órdenes de rectificación en contra del presidente Gustavo Petro. Pronunciamientos públicos indebidos, señalamientos injustificados y denuncias infundadas hacen parte de los casos por los cuales el jefe de Estado, por orden del alto tribunal, ha tenido que salir a rectificar sus palabras, especialmente por medio de su cuenta de X.

La más reciente orden de este tipo fue el 19 de noviembre de 2025, cuando la Sección Tercera del Consejo de Estado les ordenó al presidente Petro y su ministro del Interior, Armando Benedetti, retractarse en una alocución presidencial o intervención de televisión, por haber señalado al personero de Ocaña (Norte de Santander), Jorge Armando Bohórquez, sin argumentos ni pruebas, de ser colaborador del Ejército de Liberación Nacional (Eln).

Dos meses antes, el 29 de septiembre, el alto tribunal le había ordenado al jefe de Estado retractarse públicamente de los señalamientos hechos en la alocución presidencial del 15 de junio en contra de Joseba Grajales Jiménez, presidente del Grupo Keralty (dueño de EPS Sanitas), a quien calificó de “criminal”. Para el jefe de esa firma, su empresa ha sido objeto de una “inexplicable y persistente persecución” por parte del presidente Petro.

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También Germán Vargas Lleras fue respaldado por una decisión del Consejo de Estado, que resolvió una tutela interpuesta en contra del presidente Petro después de que el mandatario escribiera en su cuenta de X que el exvicepresidente influía en las decisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE) por los procesos que lleva en su conta. Entre ellos, el de la violación de topes electorales en la campaña Petro Presidente del año 2022.

Enrique Vargas Lleras también le ganó una pelea a Petro en el Consejo de Estado después de que el presidente escribiera en X que esa familia estaba involucrada en el millonario desfalco de la Nueva EPS. Para el alto tribunal, el “presidente no se limitó a expresar opiniones en el contexto de un debate político ni a informar a la opinión pública (...). En estas comunicaciones se imputó concretamente la existencia de un desfalco millonario”.

Cuatro momentos en los cuales al presidente Petro le tocó salir en público a rectificar o retractarse. A esas se suman las numerosas decisiones de retractación emitidas por juzgados y tribunales a favor, por ejemplo, del fiscal Mario Burgos, a quien llamó “narcofiscal”; del expresidente de Coosalud, Jaime Miguel González Montaño, a quien calificó de “bandido”; y a los hermanos de Bernie Moreno, senador de EE. UU., a quienes acusó por el desfalco al Banco del Pacífico.

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La relación con las demás cortes

La relación del presidente Petro no solo es compleja con el Consejo de Estado, sino con toda la Rama Judicial, que ha tomado decisiones en contra de los intereses del gobierno. Una de ellas fue la de la Corte Constitucional, que el pasado 29 de enero suspendió de forma provisional el decreto de emergencia económica del 22 de diciembre de 2025, con el que el gobierno buscaba llenar el vacío que dejó el hundimiento de su reforma tributaria. Según el Ejecutivo, la “no aprobación por parte del Congreso de la República de dos proyectos sucesivos de Ley de Financiamiento para las vigencias fiscales 2025 (COP 12 billones) y 2026 (COP 16,3 billones)”.

Aunque esa medida aún está siendo estudiada para que se emita una decisión de fondo, desde que llegó a la Corte ha sido objeto de discusión pública. La presidencia ha recusado a varios togados, entre ellos al expresidente de ese alto tribunal, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, por haber comprometido su imparcialidad sobre el decreto al entregar declaraciones públicas que sugerían de forma anticipada la suspensión de la emergencia económica.

El gobierno reaccionó de inmediato a esa decisión, señalando que la determinación de la Corte ponía en riesgo, incluso, el pago de la deuda del país. “Al acabar la emergencia social, la Corte hoy está protegiendo a los más ricos, a los que más tienen, entre COP 3.000 y COP 104.000 millones. No hay derecho que esto haya pasado”, dijo en su momento el ministro del Interior, Armando Benedetti. Pese a la oposición, decisión de fondo aún no hay y la competencia es únicamente del alto tribunal.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Gustavo Montes Arias

Por Gustavo Montes Arias

Comunicador Social - Periodista, con interés en temas de política, conflicto, paz y memoria. Premio Nacional de Periodismo Escrito Universitario Orlando Sierra Hernández a mejor entrevista, 2022.@GustavoMontesAr
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Son campeones para deter lo que favorece a la mayoría. La constituyente es un buen camino, y los ciudadanos votarán para cambiar la politiquería en los entes de control. El pueblo tiene la solución en sus decisiones.
Diana cp(85842)Hace 3 horas
La institucionalidad tiene que frenar a este irresponsable desvirolado mental
  • micorriza(d243q)Hace 2 horas
    Obviamente se refiere al magistrado que se gana 76 millones mensuales y suspendió el decreto del salario mínimo vital sino usted es una desvirolada mental...
Fercho(25932)Hace 4 horas
YA NOS ESTAMOS EMPUTANDO YA SE ESTA REBOSANDO LA TAZA Y POR ESO DICEN POR AHI UNOS MUSICOS QUE VENGA LA DIGNAN RABIA, POR LO QUE CON JUSTA RAZÓN EL 08 DE MARZO A SEGUIR BORRANDO DESDE LAS URNAS ESA RANCIA DIRIGENCIA POLITICA Y DIZQUE ETICA CON LAS MAL LLAMADAS ALTAS CORTES POQUE LO UNICO ALTO QUE CUIDAN SON LOS CAPITALES DE LOS PODEROSOS Y LOS PROPIOS. POR AHORA ES MI MODESTO COMENTARIO😁
micorriza(d243q)Hace 5 horas
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE YA!!
micorriza(d243q)Hace 5 horas
Quién autorizó la reunión de diego cadena y el narcochofer?que incluía el plan?sacrificio uribe turbay? terrorismo indiscriminado?prevaricato a favor de uribe?Entrampamientos?Lawfare?mala prensa, desinformación?¿bloqueo a reformas?¿apoyo terrorismo by usa?¿fake news?¿desfinanciamiento?sabotaje al proceso de paz?¿zapateiritos?¿terrorismo mediático?¿tasas de interés altas?¿ fraude electoral con Grupo ASD y Thomas Greg & Sons? ¿compra de votos?¿cortes e ias cooptadas?¿consejo de estado empresarial?
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