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La Sección Tercera del Consejo de Estado ordenó al presidente Gustavo Petro que, en su siguiente alocución presidencial o intervención televisiva, se retracte de las afirmaciones realizadas en contra del personero de Ocaña (Norte de Santander), Jorge Armando Bohórquez, a quien señaló de, supuestamente, colaborar con el Ejército de Liberación Nacional (Eln).
Dicho señalamiento ocurrió el pasado 21 de abril, después de que Armando Bohórquez “fue públicamente estigmatizado por el presidente Gustavo Petro Urrego, quien durante una transmisión televisiva insinuó que las acciones del personero de Ocaña beneficiaban al Eln, al preguntarse ‘¿a quién le trabajan?’”, según indicó el Consejo de Estado.
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El personero de Ocaña viene denunciando desde 2023 múltiples amenazas, seguimientos y hostigamientos contra él y contra su familia, debido a la escalada de violencia presentada en los últimos años en la zona. Por ello, a través de una tutela pidió la protección de sus garantías fundamentales a la vida, a la dignidad, a la integridad personal, a la seguridad, al trabajo, a la honra y al buen nombre.
Las declaraciones del primer mandatario, según Armando Bohórquez, constituyeron una acción grave que ha puesto en riesgo su vida y ha deteriorado su imagen pública y profesional. Además, la situación empeoró luego de que el ministro del Interior, Armando Benedetti, replicara los señalamientos en términos similares.
Señor Personero de Ocaña @jorgearmando04, negar la efectividad del decreto de Conmoción Interior en el Catatumbo es desconocer el enorme esfuerzo de nuestras Fuerzas Militares. Quien diga lo contrario es sospechoso de estar ayudando a la insurgencia de este país.
— Armando Benedetti (@AABenedetti) April 21, 2025
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El alto tribunal señaló que la libertad de expresión “es un derecho complejo que integra garantías diferenciadas, entre las cuales se destacan la libertad de opinión”. Sin embargo, expuso que, en el caso de Petro y Benedetti, al ser servidores públicos, su autonomía es limitada y sus comentarios deberían estar destinados a defender los derechos fundamentales.
Asimismo, indicó que la Unidad Nacional de Protección (UNP) es responsable del Programa de Prevención y Protección, el cual debería estar orientado a “garantizar los derechos a la vida y a la seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo extraordinario o extremo”, circunstancias que, según el personero de Ocaña, no han sido acatadas pese a las constantes amenazas de las que es víctima.
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El Consejo de Estado también ordenó al ministro del Interior retractarse a través de la red social X, antes Twitter, etiquetando al personero y manteniendo el mensaje publicado durante tres meses. Por su parte, a la UNP se le ordenó realizar un nuevo estudio “técnico de riesgo con el fin de verificar adecuadamente la eficacia del esquema de protección vigente y determinar si es necesario ajustarlo”.
Esta orden se suma a las otras tres retractaciones pendientes que tiene el primer mandatario por comentarios realizados con anterioridad en alocuciones presidenciales y a través de redes sociales, principalmente X. Entre ellas, la emitida el pasado 20 de octubre por la Corte Constitucional, luego de que Petro denominara “muñecas de la mafia” a las mujeres que se desempeñan como periodistas en el país.
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