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Ordenan a la DIAN abstenerse de embargar más de COP 1,3 billones a Reficar

La Refinería de Cartagena, filial de Ecopetrol, interpuso una acción de tutela para impedir que la DIAN congele sus cuentas bancarias. El Juzgado Segundo de Familia de Cartagena ordenó la abstención de la medida.

Redacción Judicial

20 de noviembre de 2025 - 12:59 p. m.
Ordenan a la DIAN abstenerse de embargar más de COP 1.3 billones a Reficar
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El Juzgado Segundo de Familia de Cartagena le ordenó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) abstenerse de embargar por más de COP 1,3 billones a la Refinería de Cartagena (Reficar), parte del grupo Ecopetrol, por la importación de combustibles. La decisión se da luego de que Reficar presentara una tutela para intentar frenar el cobro porque pondría en riesgo la seguridad energética del país.

“Ordenar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que se abstenga de iniciar, continuar o ejecutar medidas de cobro coactivo, embargos, bloqueos de cuentas, órdenes de retención o cualquier actuación ejecutiva relacionada con las liquidaciones confirmadas mediante la Resolución 12812 del 30 de octubre de 2025, hasta tanto la Jurisdicción Contencioso Administrativa decida de fondo sobre su legalidad o este despacho disponga cosa distinta por decisión motivada”, se lee en la decisión del Juzgado.

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Según la entidad, el cobro a Reficar se da por la presunta falta en el pago del impuesto al valor agregado (IVA) del 19 % sobre las importaciones de diésel y gasolina entre 2022 y 2024, incluidos los productos que salen de la refinería.

Sin embargo, para Reficar, ese cobro era ilegal porque el IVA no se habría generado al no existir una base gravable previamente fijada por el Ministerio de Minas y Energía, como lo exige el Estatuto Tributario, aseguran. Además, la refinería opera bajo el régimen de zona franca, es decir, en un área delimitada en la que no se liquidan derechos arancelarios sobre las mercancías.

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Frente a esto, la DIAN igualmente decidió aplicar el cobro, pese a que la empresa interpuso anteriormente un recurso de apelación, pero fue negado, por lo que debió pagar al menos COP 1,3 billones. Pero, la decisión del Juzgado dispuso que, si la DIAN ya hubiere expedido o ejecutado actos de cobro coactivo o embargos, deberá informar al despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de la decisión, aportando copia completa de tales actuaciones.

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En la tutela que interpuso Reficar se advirtieron tres puntos claves. El primero es la amenaza que representaría para el país quedarse sin buena parte de su suministro de gasolina antes de finalizar noviembre, dado que la empresa abastece el 100 % del combustible en la Costa Caribe y produce el 54 % del diésel y del jet de Colombia.

Reficar solicitó al juez “ordenar a la DIAN abstenerse de adelantar embargos y/o procedimientos de cobro coactivo hasta tanto se decidan definitivamente las acciones de nulidad y restablecimiento del derecho interpuestas”. Además, pidió que se tutelen de manera transitoria sus derechos al debido proceso, a la igualdad y al trabajo.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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