La mayor parte de la reforma pensional de la administración de Gustavo Petro superó la revisión de la Corte Constitucional, pero la discusión todavía no ha terminado. El alto tribunal encontró que la Cámara de Representantes corrigió casi todos los errores cometidos durante la aprobación de la ley en 2024, aunque dejó pendientes alrededor de diez puntos que deberán volver al Congreso. La razón no está relacionada con su conveniencia ni con su contenido: varias propuestas presentadas por los congresistas no fueron discutidas y votadas correctamente.
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La diferencia es importante. En algunos casos, la Corte devolvió artículos completos que regulan asuntos centrales para determinados grupos de la población. En otros, únicamente ordenó revisar una frase o una propuesta que buscaba modificar o agregar algo al texto. Por eso, no puede afirmarse que todos esos artículos hayan sido anulados. La Cámara tendrá que debatir los puntos señalados y decidir, siguiendo las reglas del Congreso, si los aprueba, modifica o rechaza.
La propiedad y la inversión de los ahorros
Uno de los asuntos pendientes está relacionado con la naturaleza de los ahorros individuales. La disposición señala que el dinero acumulado por cada afiliado en su cuenta personal es de su propiedad y tiene carácter privado. También establece que esos recursos están separados del patrimonio del Estado y de las entidades que los administran. La Cámara deberá discutir nuevamente esa regla, que busca impedir que los ahorros puedan utilizarse para pagar obligaciones diferentes a la pensión de su propietario.
El Congreso también tendrá que revisar una norma sobre la manera en la que se invertirán esos ahorros. El texto establece que el dinero de las cuentas individuales permanecerá en fondos de pensiones cuyas condiciones serán definidas por el Gobierno. El asunto es relevante porque esas decisiones determinan dónde puede invertirse el dinero, qué riesgos pueden asumir las administradoras y cómo se buscará obtener la rentabilidad necesaria para mejorar la futura mesada de los afiliados.
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A esa discusión se suma la creación de los llamados fondos generacionales. Este modelo pretende que las inversiones cambien de acuerdo con la edad de los afiliados: quienes están lejos de pensionarse podrían asumir un nivel mayor de riesgo, mientras que los recursos de las personas próximas al retiro se manejarían de manera más conservadora. La Cámara tendrá que discutir nuevamente la facultad del Gobierno para crear ese esquema y establecer las reglas que determinarán cómo se invertirán sus recursos.
Otro punto sensible es la comisión que podrán cobrar los fondos privados durante la transición al nuevo sistema. La reforma permite que las administradoras descuenten hasta el 0,7 % de los recursos que seguirán manejando temporalmente para los afiliados que pasarán al componente administrado por Colpensiones. Ese cobro podría mantenerse hasta que se consolide la pensión de cada persona. La Corte ordenó que la Cámara vuelva a discutir y votar esa disposición antes de que pueda aplicarse.
Beneficios para madres e impuestos a las pensiones
Entre los asuntos que regresarán completos al Congreso está el beneficio pensional para las mujeres con hijos. La reforma establece que una mujer que alcance la edad de retiro, pero no complete las semanas necesarias, podrá descontar 50 semanas por cada hijo nacido vivo o adoptado. El beneficio tendría un límite de tres hijos y permitiría reducir el requisito hasta un mínimo de 850 semanas, siempre que la afiliada cumpla las demás condiciones previstas por el sistema.
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La medida busca reconocer el tiempo que muchas mujeres dedican al cuidado no remunerado de sus hijos y que, con frecuencia, les impide mantener una cotización continua. No obstante, el beneficio no se concedería automáticamente a todas las madres. Primero tendrían que utilizarse los recursos disponibles en su cuenta individual para completar las semanas faltantes. Solo cuando ese mecanismo no resulte suficiente podría aplicarse la reducción contemplada en la reforma pensional.
También deberá discutirse nuevamente una parte de las reglas tributarias. La norma señala que todas las pensiones, incluidas las recibidas desde el exterior por residentes colombianos, estarán exentas del impuesto sobre la renta hasta un límite de 1.000 UVT. Únicamente pagaría impuesto la parte que supere ese monto. La redacción generó controversia porque no precisa expresamente que las 1.000 UVT sean mensuales, una discusión que podría cambiar la cantidad de pensionados obligados a declarar y pagar.
La Cámara deberá ocuparse, además, de una propuesta que buscaba agregar una condición a las reglas utilizadas para reconocer las prestaciones del nuevo sistema. Ese capítulo determina cómo se tendrán en cuenta las semanas cotizadas, los bonos pensionales, los aportes realizados en diferentes regímenes y otros tiempos de servicio. El artículo principal fue avalado por la Corte. Lo que vuelve al Congreso es una propuesta adicional que no recibió el trámite correspondiente durante el debate original.
El fondo pensional y las comunidades
Otro asunto pendiente se relaciona con el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, que estará a cargo del Banco de la República. Ese fondo recibirá una parte de las nuevas cotizaciones y servirá para respaldar el pago futuro de las pensiones administradas por Colpensiones. La Cámara deberá volver a discutir la disposición que somete su administración a los principios establecidos en la reforma, entre ellos la prudencia, la diversificación de las inversiones y la protección de los recursos pensionales.
La Corte también devolvió la totalidad del artículo que establece un trato diferencial para pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinas. La norma busca reducir ciertos requisitos de edad o de semanas de cotización para acceder a los beneficios de la reforma. El ajuste se calcularía con base en la diferencia entre la esperanza de vida de esas poblaciones y el promedio nacional, información que tendría que ser determinada por el Dane.
Con esos datos, el Ministerio del Trabajo tendría que definir cuántos años o semanas se reducirían para cada población. La intención es reconocer que las condiciones sociales, económicas y territoriales pueden disminuir la expectativa de vida y dificultar el acceso a una pensión. Sin embargo, el artículo no podrá aplicarse mientras la Cámara no lo discuta nuevamente y la Corte compruebe después que se cumplió correctamente el procedimiento ordenado en su sentencia.
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También quedó pendiente una propuesta presentada por la representante Jennifer Pedraza para incorporar un artículo nuevo a la reforma. Su contenido no aparece en la ley publicada, precisamente porque la iniciativa no fue incorporada al texto definitivo. El comunicado de la Corte tampoco explica qué pretendía establecer. Para conocer su alcance será necesario revisar la proposición original, que deberá ser puesta a consideración de la plenaria durante la nueva discusión.
¿Qué ocurrirá ahora en el Congreso?
La Cámara de Representantes tendrá 30 días hábiles, contados desde la notificación de la sentencia, para discutir y votar todos esos asuntos. Si las decisiones adoptadas producen diferencias frente al texto aprobado por el Senado, las dos cámaras deberán realizar una conciliación. Ese trámite tendrá que cumplirse durante la actual legislatura y solo podrá ocuparse de las disposiciones que la Corte ordenó devolver, sin reabrir la discusión sobre toda la reforma.
Cuando termine el plazo, el presidente de la Cámara deberá enviar a la Corte las actas, las votaciones y los demás documentos que demuestren cómo se adelantó el procedimiento. El alto tribunal revisará esa información y decidirá si los errores fueron corregidos. Por eso, las normas pendientes no tienen garantizada todavía su entrada en vigencia: dependerán de lo que resuelva el Congreso y de la evaluación final que hagan los magistrados.
La mayor parte de la reforma, en cambio, entrará en vigor el 1.º de abril de 2027. Los puntos devueltos solo podrán aplicarse desde esa fecha si el Congreso corrige a tiempo el trámite y la Corte acepta el resultado. En síntesis, la discusión que viene no busca volver a votar toda la reforma pensional, sino resolver asuntos concretos sobre los ahorros, las madres, los impuestos, los fondos privados y la protección especial de varias comunidades.
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