Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.

Sentencia de la JEP a exjefes de las Farc: dudas sobre restricciones y participación política

Más allá del hecho histórico de un fallo que condenó a siete exjefes de las Farc por crímenes de guerra y lesa humanidad, en el aire quedaron varias preguntas que no son menores. Además del reto de judicializar esas graves y masivas violaciones de derechos humanos, ahora el Estado está de cara a la responsabilidad de su correcta ejecución.

Gustavo Montes Arias

17 de septiembre de 2025 - 08:01 p. m.
El magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), durante la emisión de la primera sentencia condenatoria por el caso 01 (secuestros), contra el último Secretariado de la antigua guerrilla de las Farc.
Foto: Óscar Pérez
PUBLICIDAD

Críticas de las víctimas. Cuestionamientos desde la orilla de los expertos. Aclaraciones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Así va el escenario tras la primera sentencia de esta justicia transicional que condenó a ocho años de sanción propia a los siete exintegrantes del último secretariado de las Farc, por su responsabilidad en más de 11.000 secuestros. El documento de 663 páginas resume los patrones bajo los cuales se cometieron crímenes relacionados con la política de secuestros de la antigua guerrilla.

Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO

¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión para continuar

Más allá de sus hallazgos históricos y consideraciones jurídicas, el fallo puso sobre la mesa temas clave para el cumplimiento de la sentencia. No son temas menores, pues en ellos están asuntos como las condiciones de participación en política y las restricciones a la libertad de los exguerrilleros.

Esta primera sentencia de la JEP está relacionada con el macrocaso 01, que investigó las tomas de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes de guerra y de lesa humanidad perpetrados por las Farc. Por estos hechos, 4.325 personas fueron acreditadas como víctimas en todo el país y fueron sancionados los siete miembros del último secretariado de esa guerrilla.

Se trata de Rodrigo Londoño Echeverry, alias “Timochenko”; Jorge Torres Victoria, alias “Pablo Catatumbo”; Pastor Lisandro Alape Lascarro, o “Pastor Alape”; Milton de Jesús Toncel, alias “Joaquín Gómez”; Jaime Alberto Parra o “El médico”; Julián Gallo Cubillos, alias “Carlos Antonio Lozada”; y Rodrigo Granda Escobar o “Ricardo Téllez”.

En contexto: La JEP sancionó con ocho años a siete exjefes de las Farc por 21.936 casos de secuestro

Los siete exjefes guerrilleros, por determinación de la JEP, deberán estar durante los próximos ocho años cumpliendo con proyectos, trabajos, obras y actividades de carácter reparador. Una medida extraordinaria, que en la jurisdicción especial reemplaza las condenas de cárcel y sanciones económicas que se imponen en la justicia ordinaria. Esos proyectos, para el caso puntual de la primera sentencia de la JEP, tendrán que adelantarse en cuatro líneas.

Read more!

Esas líneas son búsqueda de personas dadas por desaparecidas, proyectos de acción integral contra minas antipersonal; medio ambiente, naturaleza y territorio, memoria y reparación simbólica. Sin embargo, para las víctimas, los comparecientes y el país, no es del todo clara la forma en la que se ejecutarán.

La JEP estuvo siete años trabajando en el expediente, recopilando información sobre la política de secuestros —adelantada para financiar a la organización ilegal, forzar el intercambio por guerrilleros presos y controlar a la población civil— y tratando definir cuál sería el camino más adecuado para condenar a los máximos responsables y reparar a las víctimas que dejaron estos crímenes.

Pese a ello, con la sentencia en las manos, esa instancia judicial y las entidades del Estado que apoyarán el cumplimiento del fallo deben resolver asuntos claves como el funcionamiento de las restricciones a la libertad, el seguimiento a la ejecución de la sanción y la participación en política de los exguerrilleros.

Lea también: La histórica sentencia de la JEP que revive debate sobre justicia y reparación en Colombia

Read more!
No ad for you
Emisión de la primera sentencia condenatoria por el caso 01 (secuestros), contra el último ecretariado de la antigua guerrilla de las Farc
Foto: Óscar Pérez

Proyectos poco claros

Desde antes de conocerse la sentencia, algunas de las víctimas del macrocaso sobre secuestros —también del caso de ejecuciones extrajudiciales, cuya sentencia se conocerá este jueves—, anticiparon que las sanciones que impondría la JEP podrían quedarse cortas ante la dimensión de los graves crímenes de guerra y de lesa humanidad de los que fueron objeto. Civiles, policías, militares y líderes políticos que estuvieron en cautiverio, advirtieron que las sanciones se quedarían cortas.

La alerta fue confirmada tras conocerse la decisión. Por ejemplo, Ingrid Betancourt, líder política que estuvo secuestrada durante más de seis años por las Farc, le dijo a El Espectador que la sentencia es “desprovista de racionalidad y desconcertante”.

También organizaciones que representan a las víctimas manifestaron su preocupación por la falta de claridad sobre la ejecución de las sanciones. Ana María Rodríguez, directora de la Comisión Colombiana de Juristas, organización que representa a más de 1.400 víctimas del macrocaso 01, le dijo a este diario que, pese a que el universo de personas afectadas es amplio y diverso, la falta de claridad es una inquietud común.

No ad for you

“Realmente la principal preocupación después de escuchar a la JEP es que no se anunció de manera clara en qué van a consistir las sanciones que se van a imponer a los siete miembros de secretariado y qué va a hacer cada uno de los comparecientes”, señaló la abogada.

Le puede interesar: Claves de los casos de secuestro y falsos positivos que la JEP resolverá esta semana

Sobre este delicado asunto, el fallo sostiene que hay 46 TOAR (Trabajos, Obras o Actividades con Contenido Reparador o Restaurador) en los que se podrá cumplir lo determinado por la JEP: “40 se encuentran certificados ante la Secretaría Ejecutiva de la JEP, seis se encuentran en proceso de certificación y cuatro de estos guardan una relación directa con hechos del caso 01”, detalla el documento.

Sin embargo, son solo tres las iniciativas priorizadas, por ahora, en el papel: la búsqueda de desaparecidos en el cementerio de Palmira (Valle del Cauca); la iniciativa “Baldosas por la Memoria”, en Bogotá; y la realización de un circuito de actos restaurativos con “relatos dignificantes” en reconocimiento a las víctimas del Valle del Cauca y Neiva (Huila).

No ad for you

Frente a esa inquietud, fuentes de la JEP que participaron en la elaboración de la sentencia le explicaron a este medio que solo fueron priorizados los tres proyectos en los cuales están dadas las condiciones, especialmente de seguridad, para que los exjefes guerrilleros empiecen a cumplir las sanciones propias. “Elegimos esos porque ya sabemos que ahí hay condiciones de seguridad y habitabilidad. Esos son los primeros, pero esperamos que haya otros muy pronto”, explicaron las fuentes.

A esto se suma que definir los proyectos “es complicado”, pues la JEP ya hizo la tarea de administrar justicia, pero el resto del aparato estatal debe colaborar en el cumplimiento del fallo desde lo financiero y lo logístico.

Contenido relacionado: Qué es la JEP y por qué sus condenas a las Farc y militares marcan un precedente en Colombia

Los magistrados de la Sección de Reconocimiento de Verdad fueron quienes dirigieron la diligencia en la que se dio a conocer la sanción contra los exjefes guerrilleros.
Foto: Óscar Pérez

Restricciones a la libertad y monitoreos

Otro de los asuntos que generó preguntas tras la emisión de la sentencia es el monitoreo del cumplimiento de las sanciones y de las restricciones para el ejercicio de derechos y libertades. E el Acuerdo de 2016 quedó establecido que no se condenaría con cárcel —como sí sucedió en el caso de Justicia y Paz, tras la negociación con los paramilitares en 2005—.

No ad for you

Pero los siete exjefes guerrilleros tendrán unas limitaciones de movilidad que estarán ligadas a los tiempos y lugares en los que estarán participando en el cumplimiento de los TOAR. Una de las personas que lanzó preguntas al respecto fue Juanita Goebertus, directora de la División de las Américas de la organización Human Rights Watch.

En diálogo con El Espectador, Goebertus señaló que faltan lineamientos para definir dónde estarán los exguerrilleros y bajo qué condiciones: “Hay elementos restaurativos como hacer obras y trabajos de contenido reparador (...) Pero aparte, la sanción en el Acuerdo de Paz dice que tiene que haber cinco a ocho años de restricción efectiva de la libertad”.

En efecto, la JEP puso el tema entre sus consideraciones. “Un pilar esencial de la restricción efectiva es la implementación de tecnologías de vigilancia electrónica para el seguimiento permanente de los comparecientes. La obligación de usar dispositivos electrónicos de monitoreo remoto deriva de la exigencia legal de contar con mecanismos idóneos de supervisión”, se lee en el fallo.

No ad for you

Lea: “No está resuelto el contenido de la sentencia”, Juanita Goebertus sobre decisiones de la JEP

Sobre ese dispositivo electrónico, la sentencia sostiene que se trata de un PDA o Asistente Digital Personal. Al respecto, fuentes de la JEP señalaron que: “No es un brazalete electrónico, es más un GPS que alertará en tiempo real dónde están. Ya están listos en la Secretaría Ejecutiva de la JEP para entregarlos, apenas la sentencia esté en firme”.

Agregaron que son herramientas de alta tecnología que permitirán hacer un seguimiento permanente: “Nos emite alertas inmediatas cuando algo no está bien y la JEP está lista para responder”. Además de este monitoreo, el fallo también habla de una vigilancia personal en el lugar donde se desarrollarán los proyectos.

Según fuentes que participaron de la elaboración de la sentencia, habrá funcionarios de la JEP, de su Secretaría Jurídica y de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas monitoreando los lugares en los que estarán los TOAR. “Con ellos se va a hacer toda la verificación de que se cumpla la medida. Para cualquier movimiento que quieran hacer, tienen que pedir permiso a la JEP.

No ad for you

No pueden salir a ninguna parte sin tener el permiso nuestro”, contaron las fuentes. Ahora bien, sobre el perímetro en el que estarán los sancionados, este no quedó explícito en el fallo, lo que extrañaron varios expertos en la materia. Sin embargo, desde la JEP explicaron que no se pudo definir porque puede variar, según el proyecto al que sea asignado cada compareciente.

Más contenido: Esto dijeron víctimas y expertos sobre las primeras sentencias de la JEP

El magistrado Camilo Andrés Suárez Aldana, de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), fue el ponente de la sentencia contra los siete exjefes de las antiguas Farc.
Foto: Óscar Pérez

El conflicto de la participación política

Aunque el Acuerdo de Paz dejó claro que en un conflicto de naturaleza política, como fue descrito el caso con las Farc, restringir la participación democrática sería una contradicción, la sentencia de la JEP puso esa discusión sobre la mesa.

Al igual que ocurrirá con los perímetros en los que estarán los sancionados, las condiciones de su ejercicio político se ajustarán a medida que avance el cumplimiento de la sanción. Un tema que ha sido duramente criticado por varias víctimas, como Sigifredo López, exdiputado del Valle del Cauca. El político, quien estuvo secuestrado durante siete años, en una conversación reciente con El Espectador, rechazó que los exmiembros del secretariado estén en escenarios como el Congreso de la República.

No ad for you

Juanita Goebertus hizo eco de lo que dice el Acuerdo de 2016, el derrotero para la creación de la JEP y para el camino hacia las sentencias restaurativas: “La lógica del Acuerdo de Paz puede transformar un grupo armado en un partido político; es decir, lo que típicamente se conoce en la doctrina internacional de procesos de paz como dejar las balas y cambiarlas por votos”.

Pero cuestionó que en la sentencia no queda claro, por ejemplo, si en caso de que uno de los sancionados sea elegido congresista en los comicios de 2026, podría ejercer su rol político desde el Senado o la Cámara de Representantes, o si justo después de la sentencia, por la restricción de derechos y libertades, pierde el derecho a elegir y ser elegido.

Sobre este tema: ¿Cuáles son las sanciones contra el Secretariado de las Farc por el caso de secuestro?

Al respecto, el fallo dice que no solo los cargos de elección popular son lugares de participación política, y que siempre primará el cumplimiento de las sanciones. “Frente al derecho de participación en política, se insiste, este excede la dimensión del derecho a elegir y ser elegido. Lo anterior, por cuanto la Constitución y el Acuerdo Final reconocen múltiples espacios de participación, como la incidencia en la formulación de políticas públicas, la participación en mesas de concertación territorial y el ejercicio de liderazgos sociales y comunitarios”, reza el documento.

No ad for you

Y agrega: “En consecuencia, los comparecientes podrán ejercer su derecho político en diversas formas, siempre bajo los límites propios de la justicia transicional”.

Sin embargo, son justo esos “límites propios” los que parecen no estar muy bien delineados en la sentencia de la JEP. Por ahora, solo resta que los exjefes guerrilleros, que ya fueron notificados de la decisión se acerquen a la JEP y demuestren su voluntad de cumplir con la sanción.

Se espera que en unos ocho días el fallo quede en firme, en caso de que no se interpongan apelaciones. Mientras tanto, este 18 de septiembre se conocerá la sentencia sobre falsos positivos en el Caribe cometidos por exmilitares. Una decisión que, en todo caso, también planteará nuevas reacciones y más preguntas.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Gustavo Montes Arias

Comunicador Social - Periodista, con interés en temas de política, conflicto, paz y memoria. Premio Nacional de Periodismo Escrito Universitario Orlando Sierra Hernández a mejor entrevista, 2022.@GustavoMontesAr
Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.