Los argumentos de Consejo de política Criminal para apoyar la cadena perpetua a violadores

Entre las tesis apoyadas está que los derechos de los menores priman según la Constitución. Esta decisión desecha conceptos anteriores que consideraban esta medida "inútil y desproporcionada". A pesar de la importancia del tema, el Ministerio de Justicia no ha hecho pública la votación.

Redacción Judicial
18 de septiembre de 2019 - 10:33 p. m.
Corte Suprema de Justicia y Defensoría del pueblo votaron en contra de concepto a favor de la cadena perpetua.  / Gustavo Torrijos - El Espectador
Corte Suprema de Justicia y Defensoría del pueblo votaron en contra de concepto a favor de la cadena perpetua. / Gustavo Torrijos - El Espectador

El Gobierno de Iván Duque ha tomado como una de sus banderas la cadena perpetua contra aquellos crímenes en los que un “niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal o actos sexuales”. En esta tarea, ha encontrado el apoyo de varios congresistas, sobre todo de la bancada de gobierno, y, ahora, del Consejo Superior de Política Criminal. Por mayoría, este organismo -que es el encargado de asesorar al primer mandatario en materia penal- emitió un concepto favorable a la iniciativa.

A pesar de que ya se conoce la decisión del organismo -conformado por el Ministerio de Justicia, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía, la Defensoría, el Inpec, el ICBF y la Procuraduría- el hermetismo ha rondado esta polémica determinación. Todavía no se sabe cómo quedó la votación en la que se aprobó el aval al proyecto de ley que cursa en el Congreso y busca admitir la cadena perpetua en contra de violadores y asesinos de niños. Sin embargo, este diario pudo confirmar que la Defensoría del Pueblo y la Corte Suprema de Justicia rechazaron la posibilidad de admitir la cadena perpetua en el ordenamiento jurídico colombiano.

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El principal argumento del concepto dado por el Consejo de Política Criminal es que los derechos fundamentales de los menores de edad priman en la Constitución y tienen una protección especial. Bajo este marco, el Estado debe realizar una “acción positiva” para proteger a los menores y lograr “una igualdad real y efectiva” con los adultos. Entre estas acciones de debe fortalecer la “protección y el amparo” de los niños y niñas.

También, el Consejo aseguró que es un mito que las penas por delitos sexuales en contra de menores no son los suficientemente altas, como habría dicho la Comisión de Política Criminal, en un concepto revelado en mayo pasado. Para las entidades a favor de la cadena perpetua, los crímenes de índole sexual contra menores tienen una pena máxima de 36 años, mientras que otros delitos como el hurto agravado tienen penas más altas. De esta forma, teniendo en cuenta la posible reincidencia, “la cadena perpetua puede ser un mecanismo viable de protección a los menores”

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Asimismo, se esgrimieron argumentos como que este tipo de penas no va en contra del bloque de constitucionalidad. Según el texto, Colombia nunca ha firmado un tratado internacional que tenga “una prohibición expresa” frente a la cadena perpetua. La prohibición consagrada en la Constitución se limita a penas crueles, inhumanas y degradantes, y, para el Consejo de Política Criminal, “la cadena perpetua por sí sola no constituye una pena cruel, inhumana o degradante per se”.

Para soportar esta idea, las entidades a favor señalaron que son varios los países a nivel mundial que han incluido en sus ordenamientos la prisión de por vida como castigo de ciertos crímenes graves, sin que la Cortes Internacionales los hayan obligado a cambiar esta acción punitiva de sus leyes. Caso contrario, según el documento, a castigos como la pena de muerte.

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Otro de los argumentos dados por el Consejo es la tesis de que “la cadena perpetua puede ser un mecanismo efectivo para proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes”. Para las corporaciones a favor, no puede calificarse de “populismo punitivo” este tipo de penas, sino que es un instrumento “legítimo”, siempre y cuando, la pena resulte proporcional al daño causado y se efectiva su aplicación. No “puede perderse de vista que hay un claro aumento en los delitos sexuales que afectan a los menores, por lo tanto, resulta válido que una estrategia articulada que incluya la cadena perpetua vele por la protección de estos derechos”, quedó consignado en el concepto.

Uno de los últimos conceptos a favor de este tipo de penas es que el error judicial no es un argumento válido para implementarlas en el país. Para el Consejo, que está bajo la tutela del Ministerio de Justicia, el error judicial se puede dar en cualquier sentencia y no solo aquellas que tienen como castigo la cadena perpetua. Además, de acuerdo con el proyecto de acto legislativo presentado en el Congreso, la cadena perpetua tendrá un control automático a los 25 años, “garantizando aún más su corrección”.

Concepto de Comisión de Política Criminal desechado

Sin embargo, los argumentos dados en esta ocasión desechan casi a totalidad un informe presentado en mayo por la Comisión de Política Criminal -un órgano de carácter más académico-. En esa ocasión, el órgano consultivo señaló que no había ninguna prueba de que existiera un nexo entre el aumento de penas -en este caso de por vida- con la reducción de la criminalidad o la reincidencia. “La prisión perpetua, además de ser una pena innecesariamente violenta, inútil y desproporcionada, constituye una medida que instrumentaliza al ser humano y lo inocuiza para comunicar un mensaje de asocialización, discriminación, marginación y exclusión social”, decía el concepto.

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Además, calificó la prisión perpetua como una pena cruel que, teniendo en cuenta de la situación carcelaria del país, se torna en “una sanción inhumana y degradante, cuyos efectos resultan exponencialmente más dañinos si se extienden durante su vida adulta”. Agregando que es una pena que en ningún momento tiene en cuenta la resocialización o medidas que eviten la reincidencia.

Otro de los elementos por los que la Comisión rechazó la cadena perpetua es que les da un trato igual a dos crímenes diferentes: el homicidio y los delitos sexuales. Bajo la propuesta de castigar ambos crímenes con una misma pena, según el concepto de hace unos meses, se desequilibra la proporcionalidad de las sanciones y se desestructura “el programa punitivo del Estado”. También, el argumento económico fue usado para oponerse a este tipo de penas, ya que la prisión perpetua generaría a largo plazo costos fiscales insostenibles e injustificados para el Estado y la comunidad.

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Todos estos argumentos fueron analizados y desechados por la mayoría de Consejo de Política Criminal. De esta forma, el ente se alineó con el presidente Iván Duque. "El Presidente de la República, Iván Duque Márquez, y la Ministra de Justicia y del Derecho, Margarita Cabello Blanco, responden a la visión que tienen de la Política Criminal, en la que la cadena perpetua es un elemento esencial para hacer frente al delito de asesinato y abuso de menores de edad", dice un comunicado del gobierno frente al concepto a favor de la prisión perpetua.

El aval del Consejo le da un empujón a al proyecto en el congreso en el Congreso. El pasado 20 de agosto se aplazó la discusión en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes alrededor sobre el proyecto de acto legislativo de cadena perpetua para violadores de menores de edad, por solicitud de la congresista Margarita Restrepo, del Centro Democrático. Ella pidió que se esperara un concepto sobre el Consejo de Política Criminal sobre el asunto.

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Esta discusión no es menor. De surtir sus ocho debates en el Legislativo, propondría una reforma a la Constitución que, en su artículo 34, prohíbe las penas de “destierro, prisión perpetua y confiscación”. En ese sentido, el proyecto cambia la concepción actual del Estado colombiano frente al respeto a la vida, incluso la de una persona que comete crímenes sexuales contra menores.

Por Redacción Judicial

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