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El 26 de febrero el país conoció el decreto con el que el Gobierno buscaba territorializar el sistema de salud y redefinir el mapa de las EPS. Ahora, como respuesta a una demanda de la exrepresentante a la Cámara Katherine Miranda, el Consejo de Estado suspendió de manera provisional este documento.
(Lea: Consejo de Estado suspende decreto que reorganizaba el funcionamiento y presencia de las EPS)
Como lo hemos contado en estas páginas, en el Decreto 0182, que había sido suspendido temporalmente en marzo de este año por el Tribunal Administrativo de Antioquia, se centraba en territorializar las EPS; es decir, definir cuáles podrían operar en cada municipio bajo una serie de reglas nuevas.
Por ejemplo, en Medellín, el documento señalaba que las EPS autorizadas para operar en el régimen contributivo eran Sura, Salud Total, Savia Salud y Nueva EPS. Otras entidades, como Sanitas o Coosalud, no quedarían habilitadas en ese esquema.
En el régimen subsidiado, las autorizadas en esa ciudad eran Nueva EPS, Salud Total, Sura y Savia Salud, mientras que Sanitas y Coosalud no estarían incluidas.
En Bogotá, el planteamiento era similar. Para el régimen contributivo se contemplaban EPS como Aliansalud, Salud Total, Sanitas, Compensar, Sura, Famisanar, Capital Salud y Nueva EPS; mientras que Coosalud, Mutual Ser, Cajacopi, Fundación Salud Mía y SOS quedarían por fuera.
En el régimen subsidiado, las autorizadas serían Aliansalud, Salud Total, Sanitas, Compensar, Sura, Famisanar, Capital Salud, Nueva EPS y Mallamas; y Coosalud, Mutual Ser, Cajacopi y la EPS Familiar no tendrían operación. En la práctica, estos cambios implicaban el traslado de poco más de 40.000 usuarios en la capital.
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Uno de los puntos más llamativos del decreto era el papel de Nueva EPS, la única aseguradora con presencia en todo el territorio. Con este modelo, se convertiría en la receptora de afiliados en aquellos municipios donde no quedaran otras opciones.
Según los cálculos realizados en ese momento, y como explicamos en este artículo, sería la única EPS disponible en cerca de 500 municipios y asumiría la cobertura de alrededor del 45 % del país. Esto implicaría pasar de 11,5 millones de afiliados a casi 14 millones.
Para varios expertos en salud, esta propuesta no es del todo nueva. Como explicó en su momento Johnattan García Ruiz, investigador de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Harvard, “es una deuda del sistema”.
Una lectura similar planteó Giovanni Jiménez Barbosa, de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, para quien la territorialización puede tener sentido, especialmente para que salgan las EPS con pocos afiliados y permanezcan las más grandes y organizadas.
Sin embargo, la medida generó inquietudes, sobre todo por el momento que atraviesa el sistema. Un dato ayuda a dimensionarlo: la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (ACEMI), que agrupa a las EPS del régimen contributivo, estimó en su más reciente informe financiero (con corte a noviembre de 2025) una siniestralidad de 108,64 %. En otras palabras, por cada COP 100 que reciben, están gastando cerca de COP 108 en atención.
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En ese contexto, advirtió Jiménez, “el riesgo es que el modelo no dé los resultados esperados, no por la idea de la territorialización, sino por el momento de aplicación”.
Para los expertos, si las EPS ya enfrentan presiones financieras, un traslado masivo de usuarios puede agravar la situación. A esto se suman las lecciones y aprendizajes de procesos similares en el pasado.
Por ejemplo, cuando una EPS entra en liquidación, suele generar impactos operativos importantes. Las historias clínicas no siempre se transfieren completas, los trámites administrativos deben rehacerse y los pacientes tienen que ser incorporados nuevamente en otras redes de atención. En muchos casos, esto implica repetir autorizaciones, reprogramar citas o retomar procesos que ya estaban en curso. Además, muchos usuarios llegan con enfermedades crónicas o de alto costo, lo que añade presión a las finanzas.
Esta, sin embargo, no es la primera vez que el Consejo de Estado frena iniciativas del Gobierno para modificar el sistema de salud. En septiembre de 2025 suspendió el Decreto 058 de julio de ese año, que redefinía el modelo de atención primaria y abría la puerta a cambios profundos en el sistema.
Con esta nueva suspensión provisional, el alto tribunal detiene temporalmente la aplicación de estas reglas mientras analiza de fondo su legalidad, en particular frente a posibles afectaciones a la libre escogencia, la continuidad del servicio y el acceso efectivo al sistema de salud.
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