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¿Cuánto cuesta la caída de los decretos de emergencia?

Con la reciente decisión de la Corte Constitucional sobre el llamado impuesto solidario, van tres iniciativas de gran envergadura que son rechazadas en el control que hace el alto tribunal.

06 de agosto de 2020 - 10:51 p. m.
Imagen de referencia.
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Foto: Getty Images

En apenas un par de semanas, el Gobierno ha recibido tres duros golpes en su manejo a los efectos colaterales de la pandemia por el COVID-19, por cuenta de la caída de decretos promulgados durante los estados de excepción.

La Corte Constitucional ha tumbado tres iniciativas, relacionadas con el manejo pensional, la búsqueda de más recursos para atender la crisis y el ofrecimiento de subsidios en servicios públicos como acueducto para los renglones más vulnerables de la población.

En líneas generales, estas normas buscaban darle mayor liquidez a la administración nacional para enfrentar los enormes retos logísticos y de recursos derivados de la expansión del nuevo coronavirus. Por cuenta de la pandemia, se espera que Colombia registre una contracción económica que, en cuentas del Gobierno, será de -5,5 %; justo esta semana, el Banco de la República proyectó la recesión para 2020 en un rango entre -6 % y -10 %.

¿Cuánto cuesta el decreto de pensiones?

El primer revés para el Gobierno llegó por cuenta de la caída del decreto 558, que modificaba varias reglas en el manejo de las pensiones en el país. La iniciativa es la más delicada en términos de recursos, como ya se verá más adelante.

Pero, primero, vale la pena recordar que el decreto buscaba dos cosas, en esencia: por un lado, permitía a empresas, entidades públicas y trabajadores independientes acogerse voluntariamente a una reducción del aporte a pensión del 16 % del salario al 3 % durante abril y mayo; por otro, le ordenaba a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) trasladar un porcentaje de sus pensionados a Colpensiones con el objetivo de garantizar el aseguramiento al riesgo financiero y proteger los ahorros de una posible descapitalización como efecto de la caída en los mercados de capitales en el marco de la pandemia.

Este segundo punto era el más problemático en este decreto, pues era visto por algunos críticos como un camino para que el Gobierno pudiera disponer de caja para atender la emergencia con dineros que, por ser ahorro pensional, no deben comenzar a entregarse sino hasta dentro de un tiempo. En su momento, el cálculo de Asofondos (gremio de las administradoras privadas de pensiones) fue que los fondos de pensiones debían girarle a Colpensiones entre $4 y $5 billones.

Cabe aclarar que no todos estaban de acuerdo con esta interpretación del decreto y, más bien, veían en él una forma de protección para el ahorro de los pensionados.

Por el otro lado del decreto, el que establecía la reducción en los montos de cotización para las empresas, se estima que la medida redujo la nómina de éstas en unos $3 billones. Ahora bien, estos no son recursos que dejaría de percibir el Gobierno, pero sí es dinero que deben volver a poner compañías y trabajadores justo en uno de los peores momentos en la historia económica del país (con desempleo rondando el 20 %, por ejemplo), pues el fallo de la Corte es retroactivo.

En su momento, Asofondos pidió establecer un plazo de entre 12 y 18 meses para que todos los actores se puedan poner al día con sus aportes, sin que esto genere intereses de mora.

¿Cuánto cuesta el decreto del impuesto solidario?

Este jueves, la Corte Constitucional tumbó el decreto 568, que había instaurado el llamado impuesto solidario. Esta norma establecía que los trabajadores del sector público que ganaran entre $10 y $12,5 millones debían aportar el 15 % de su salario. El porcentaje subía a 16 % si se ganaba entre $12,5 millones y $15 millones y a un punto más si el salario estaba entre los $15 millones y los $20 millones. El impuesto aplicaba también para los exfuncionarios con una pensión superior a los $10 millones y estaba contemplado inicialmente para los salarios de mayo, junio y julio. El decreto había generado un amplio malestar en los trabajadores y pensionados de la Rama Judicial.

Los recursos, recaudados mediante retención en la fuente, tenían como destino el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), que fue instaurado por el Gobierno para atender la emergencia derivada por la expansión del nuevo coronavirus.

De acuerdo con cifras del Ministerio de Hacienda, los recursos que llegaron a las arcas del Estado por este concepto ascienden a $287.000 millones.

El concepto de la Corte en este aspecto también es retroactivo, por lo que estos dineros se considerarán como anticipos “del impuesto de renta para la vigencia 2020, pagaderos en el 2021”, aclaró el alto tribunal.

En otras palabras, son recursos que no se recibirán el próximo año, cuando se espera que la economía colombiana comience a repuntar; el Banco de la República estima que el PIB del próximo año podría ser de 4,1 %, por debajo del 6,6 % consignado por el Gobierno en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

¿Cuánto cuesta el decreto del subsidio en servicios públicos?

Esta es la respuesta más difícil de calcular entre los faltantes por la caída de los decretos.

Pero antes de llegar a los números primero vale la pena tener un poco de contexto: el 24 de julio, la Corte tumbó el decreto 580, que le permitía a los municipios y distritos asignar subsidios a favor de suscriptores residenciales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, esencialmente.

En detalle, estas ayudas podrían ser de, máximo, 80 % del costo de suministro para el estrato uno, del 50 % para el dos y del 40 % para el estrato tres.

El decreto se cayó en la Corte por no contar con la firma de dos ministros: Salud, Fernando Ruiz y Ciencia, Mabel Torres.

Ahora bien, es complejo calcular el beneficio monetario del decreto, pues los subsidios estaban atados a la capacidad de los municipios y distritos para ofrecerlos. Consultado al respecto por esta información, el Ministerio de Vivienda no había proveído respuesta al cierre de esta nota.

Sin embargo, hay algunos datos para obtener una cierta orientación al respecto.

En el más reciente informe del sector de acueducto y alcantarillado de la Superintendencia de Servicios Públicos (con cifras de 2018, publicado en diciembre de 2019), se encuentra que los estratos uno, dos y tres representan el mayor volumen de agua facturado en el país, con 197, 363 y 295 millones de metros cúbicos, respectivamente.

Y cifras de Andesco, gremio de las empresas de servicios públicos, ayudan a entender un poco, en recursos, de qué estamos hablando.

Según los números de la asociación gremial, para 2019, la facturación mensual para el servicio de acueducto en los estratos uno, dos y tres ascendió a unos $492.000 millones; el estrato uno es el que más registra en este rubro, con más de $203.000 millones.

De acuerdo con cifras entregadas por José Andrés Romero, director de la DIAN, 2020 va a terminar con un recaudo menor en impuestos “cercano a los $24 billones (…) Si lo logramos bajar a $20 o $18 billones con un esfuerzo de la DIAN son unos billones que le podemos aportar al país para que tenga más músculo con miras a 2021”.

El funcionario agregó que para junio, sin embargo, las cifras ya arrojaban un mejor panorama, pues “nosotros teníamos en el Marco Fiscal un sacrificio en abril de $2,4 billones; en mayo, de $4 billones y en junio, de $2,5 billones. Quiere decir que se terminaría con cerca de $9 billones menos. Pero en junio el menor recaudo no fue de $2,5 billones, como estaba pensado, sino de $667.000 millones. Quiere decir que nos ahorramos con la reactivación económica un recaudo de $2 billones”.

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