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Con el fin de evitar mayores daños a los bienes patrimoniales afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto, el Ministerio de las Culturas expidió este martes la Resolución 0536 de 2026. La norma autoriza, durante seis meses, intervenciones de emergencia en Bienes de Interés Cultural del ámbito nacional y en Centros Históricos afectados por el sismo, “identificados por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo o la autoridad competente”, según informó la cartera.
Se trata de primeros auxilios y medidas temporales destinadas a estabilizar los inmuebles y reducir riesgos durante la emergencia, sin permitir obras de restauración o reparación definitiva.
“Es muy importante que sigamos esta Resolución que desde el Ministerio de Cultura autoriza lo que es de carácter estrictamente preventivo, temporal y de emergencia, donde además se limitan las acciones para garantizar que vamos a salvaguardar los bienes patrimoniales y la seguridad de las personas que realicen sus adecuaciones”, señaló la ministra de Cultura, Paola Holguín, quien el pasado viernes 14 de agosto había anunciado que desde la Dirección de Patrimonio se trabajaba en esa resolución.
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Ese mismo día, la cartera presentó un balance en el que se identificaron 40 bienes inmuebles de interés cultural afectados, en los departamentos de Antioquia, Cauca, Chocó, Caldas, Risaralda, Quindío y Valle del Cauca.
Lo que permite y lo que no la resolución
La prioridad inmediata es evitar que las estructuras ya debilitadas terminen de colapsar o pierdan piezas de valor. Por eso se autoriza apuntalar muros y placas con soportes provisionales, retirar o asegurar elementos sueltos que puedan caerse, y cubrir cubiertas y vanos que quedaron expuestos. También se permite cercar los predios “para garantizar la seguridad ante saqueos y/o vandalismo”, y señalizar el acceso a las zonas de mayor riesgo.
Un segundo grupo de medidas busca salvar lo que ya se desprendió o quedó suelto. Las piezas, objetos y elementos asociados a los inmuebles pueden embalarse y guardarse temporalmente si corren riesgo de pérdida. También se permite hacer limpieza, siempre “sin productos químicos, y sin afectar su materia original”, además de controlar humedades y contener tierras que puedan agravar el deterioro. Para muros con grietas o desplazamientos, la resolución habilita rellenos provisionales y refuerzos “con maderas fijadas provisionalmente”.
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Lo que la norma no permite es cualquier intervención de fondo. “No se autoriza realizar acciones de demolición, reparación, reforzamiento estructural definitivo, reconstrucción, ampliación, restauración ni modificación de los sistemas estructurales del inmueble o cualquier otra intervención que exceda las medidas necesarias para atender la emergencia”, se lee en el comunicado del Ministerio.
Esto abre interrogantes sobre qué pasará con los 22 bienes que quedaron en grado de afectación alto, que, probablemente, necesitarán una reparación de fondo. Es el caso de la Catedral de Manizales, que según explicaron expertos consultados por este diario, requerirá de una restauración. La misma pregunta se extiende a los centros históricos con mayores afectaciones, donde los daños van más allá de simples grietas.
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La resolución exige que cada intervención quede documentada con fotografías y reportada al Ministerio dentro del mes siguiente a su finalización. Si en el proceso se detecta un riesgo mayor, las actividades deben suspenderse de inmediato y “ponerse en conocimiento de la Dirección de Patrimonio y Memoria del Ministerio de Cultura”.
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