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¿Me seguirán pagando la pensión? Algunas preguntas y respuestas sobre en qué va la reforma

La Corte Constitucional decidió el pasado 18 de febrero sacar de la discusión al magistrado que había sido el ponente del expediente que definirá el futuro de la reforma pensional del Gobierno Petro. Esta decisión impacta los tiempos en los que se podría conocer una decisión de fondo. Aquí le explicamos los detalles.

Redacción Judicial

19 de febrero de 2026 - 11:49 a. m.
Presidente de la República, durante la concentración en la Plaza de Bolívar para defender la reforma pensional.
Foto: Óscar Pérez
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El expediente de la reforma pensional del gobierno Gustavo Petro sigue en veremos. La Corte Constitucional decidió ayer apartar del caso a quien había sido durante 18 meses el ponente del caso, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, porque se pronunció de manera pública sobre el trámite del proceso, una prohibición que tienen todos los miembros de cualquier alto tribunal.

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¿Qué pasó con la reforma pensional?

La decisión no solo significa que Ibáñez no seguirá participando en el debate, sino que también debe salir del debate la última ponencia que presentó ante la Sala Plena (en total, él presentó tres ponencias durante 18 meses). Ese documento era la base a través de la cual los magistrados tenían que debatir si estaban de acuerdo o no con la postura que el ponente plasmó en su proyecto de fallo.

¿Qué fue lo que propuso el magistrado Ibáñez?

Lo que propuso Ibáñez fue que la reforma se tenía que caer porque el Congreso se equivocó en el trámite del proyecto de ley. A esto se le conoce como errores de forma o de trámite. Aunque en julio del año pasado, la Corte decidió devolver la reforma al Legislativo para que allí corrigieran esas fallas. Sin embargo, lo que evidenció el ponente es que no lograron enmendar esas fallas.

Por eso, Ibáñez volvió a presentar una ponencia proponiendo tumbar la reforma por errores de forma. Ese proyecto de fallo se discutió y se votó en la Sala Plena del pasado 24 de noviembre y quedó en empate cuatro a cuatro. Ante ese panorama, la Corte llamó a un conjuez para que desempatara la votación. El llamado fue el abogado Carlos Pablo Martínez que hasta ayer estudió todo el expediente.

Y entonces, ¿qué pasa ahora con la reforma pensional?

Con Jorge Enrique Ibáñez por fuera, la Corte ya le entregó el expediente a una nueva magistrada que, en este caso por reparto aleatorio, es Paola Meneses. Su trabajo será escribir una nueva ponencia para presentar ante la Sala Plena y sea debatida por sus colegas. Aunque podría echar mano de algunas posturas del proyecto de fallo de Ibáñez, en teoría, Meneses debería empezar desde cero.

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Sin embargo, desde ya se sabe hacia dónde se enfocaría su ponencia: tumbar la reforma. ¿Por qué? Porque la magistrada apoyó a Ibáñez en su posición de dejar sin piso la iniciativa bandera del Gobierno Petro. Con ellos dos votaron también Carlos Camargo y Lina Marcela Escobar. Quienes no estuvieron de acuerdo fueron: Juan Carlos Cortés, Natalia Ángel y Miguel Polo.

¿Y el conjuez?

En teoría, ya no es necesario que el conjuez esté en el proceso porque ya no tiene ninguna decisión para desempatar. Sin Ibáñez, la Sala Plena para decidir el futuro de la pensional queda compuesta por siete magistrados porque, además de Ibáñez, Héctor Carvajal también fue apartado de la discusión, pues antes de llegar al alto tribunal, emitió un concepto sobre la reforma como asesor jurídico de Colpensiones.

Ahora, la próxima votación será entre siete y técnicamente el resultado no podrá ser un empate.

¿En cuánto tiempo habrá una decisión en la Corte sobre la pensional?

No hay tiempos exactos para que el alto tribunal tome una decisión de fondo. Primero, la nueva ponente Menses tendrá que recibir el expediente y empezar a estudiar todas las pruebas que se han ido acumulando desde hace 18 meses. Luego, con su equipo de trabajo, escribirá una ponencia para presentar ante la Sala Plena.

Solo después de eso, los magistrados votarán y llegarán a una decisión de fondo. Aunque no hay términos, fuentes de la Corte le contaron a este diario que el alto tribunal no tiene intenciones de decidir sobre este espinoso expediente antes del próximo 8 de marzo, fecha de las elecciones legislativas. Y mucho menos después de otras dos decisiones claves que tocaron los intereses de la Casa de Nariño.

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La primera, de la propia Corte, cuando en enero pasado suspendió el decreto con el que la Presidencia declaró la emergencia económica en todo el país. Y la segunda, del Consejo de Estado, que la semana pasada también le puso pausa a la directriz que aumentó el salario mínimo un 23 %. Si bien el alto tribunal es consciente de que cualquiera que sea su determinación, esta tendrá efectos políticos, los magistrados quieren evitar que sea tomada para hacer campaña antes del 8 de marzo.

¿Me van a seguir pagando mi pensión?

Sí, las pensiones gozan de una serie de garantías legales. La decisión de la Corte Constitucional, cuando se produzca de fondo, no afecta los pagos que se están haciendo: esos son derechos adquiridos.

Entonces, independientemente de qué pase con la reforma, los giros pensionales actuales deben seguir saliendo de forma regular.

¿Qué pasaría con el sistema pensional?

La propuesta del Gobierno es instaurar un sistema de pilares que, en esencia, buscan apoyar más a las personas que se quedan por fuera del sistema pensional hoy en día.

La reforma pensional incluye cuatro pilares. El solidario entregará una renta básica de COP 230.000 a las personas mayores vulnerables que no lograron acceder a una pensión. El semicontributivo convierte los ahorros de quienes cotizaron entre 300 y 1.000 semanas en una renta vitalicia. En el pilar contributivo, todos los afiliados cotizarán en Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos (COP 4.027.081 en 2026) y de ahí en adelante en una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI). El pilar de ahorro voluntario es para quienes quieran hacer aportes extra.

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¿Qué ha pasado con las pensiones mientras la Corte ha deliberado?

Se han seguido ejecutando traslados entre los fondos privados de pensiones (las llamadas AFP) y Colpensiones. Esto tanto de personas que no van a ser cobijadas por la reforma (pues tienen suficientes semanas para seguir en la Ley 100), como para quienes pudieron acogerse a la llamada ventana de traslado, que permite que las personas que están a menos de 10 años de la edad de pensión se puedan trasladar entre los fondos privados de pensiones (las llamadas AFP) y Colpensiones hasta julio de 2026.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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