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Corte y Congreso entran en análisis de la conmoción que sacó Petro por Catatumbo

El alto tribunal se pronunciará de fondo sobre los decretos de conmoción por la crisis en Catatumbo, con los que se abarca a 19 municipios de Norte de Santander y Cesar. Por su parte, el Capitolio analizará las medidas, pero no podrá tocar el documento base. ¿Qué sigue?

24 de enero de 2025 - 06:11 p. m.
El presidente Gustavo Petro lideró el pasado 17 de enero un consejo de seguridad en Tibú, Norte de Santander, durante el cual surgió la necesidad de la declaratoria de conmoción interior.
El presidente Gustavo Petro lideró el pasado 17 de enero un consejo de seguridad en Tibú, Norte de Santander, durante el cual surgió la necesidad de la declaratoria de conmoción interior.
Foto: Joel_Presidencia
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Ahora que el decreto base de la declaratoria de conmoción interior en El Catatumbo está listo, y que es la hoja de ruta para que el Gobierno del presidente Gustavo Petro actúe con medidas extraordinarias ante la crisis de violencia que el ELN y las disidencias de las FARC desataron en esa región, se vienen una serie de controles y exámenes constitucionales y jurídicos que pondrán a prueba el sustento legal del documento oficial.

En efecto, y tal cual se reconoce a lo largo de las 19 páginas del decreto de conmoción, la Casa de Nariño tiene hasta 24 horas para enviar estos folios a revisión de la Corte Constitucional. La razón es que es el pleno de ese alto tribunal el que debe pronunciarse de fondo en torno a si lo consignado en el decreto se apega o no la Constitución Política, y el Ejecutivo tiene la obligación normativa de acogerse a la decisión que se emita.

Más información: Este es el decreto de conmoción interior de Petro por crisis en El Catatumbo

Este procedimiento está debidamente establecido en el capítulo seis de la Constitución, específicamente en los artículos 212, 213, 214 y 215, los cuales hacen referencia directa a los “estados de excepción”.

De hecho, en los incisos cinco y seis del artículo 214 queda claro qué se debe hacer de fondo para el análisis jurídico en la Corte Constitucional.

Es de su interés: Datos claves que el Gobierno usó para declarar Estado de conmoción en el Catatumbo

“El Presidente y los ministros serán responsables cuando declaren los estados de excepción sin haber ocurrido los casos de guerra exterior o de conmoción interior, y lo serán también, al igual que los demás funcionarios, por cualquier abuso que hubieren cometido en el ejercicio de las facultades a que se refieren los artículos anteriores”, dice la Constitución.

Y agrega: “El Gobierno enviará a la Corte Constitucional al día siguiente de su expedición, los decretos legislativos que dicte en uso de las facultades a que se refieren los artículos anteriores, para que aquella decida definitivamente sobre su constitucionalidad. Si el Gobierno no cumpliere con el deber de enviarlos, la Corte Constitucional aprehenderá de oficio y en forma inmediata su conocimiento”.

Consulte aquí: Conmoción por crisis de Catatumbo cobija 19 áreas de Norte de Santander y Cesar

Esto se traduce en que, si a más tardar este sábado la Secretaría Jurídica de la Casa de Nariño, en cabeza de Paula Robledo, no ha enviado a la Corte el decreto base, el alto tribunal puede avocar su conocimiento de forma inmediata. Esto se basa en que el documento se expidió oficialmente, con la firma de todo el gabinete, este 24 de enero.

Además, según juristas consultados por este diario y la propia Carta del 91, los demás decretos que se expidan aupados en la conmoción interior –y que el mismo Gobierno anunció se irán conociendo a lo largo de este fin de semana– tienen que ser remitidos a la Corte para su respectivo control constitucional.

Entérese de esto: La razón del Gobierno para incluir dos municipios de Cesar en decreto de conmoción

Y ahí no para el tema. De acuerdo con la misma Constitución, y bajo el precepto de separación de poderes, el Gobierno también está obligado en remitirle al Congreso –de forma paralela– un informe motivado en torno a por qué se declaró la conmoción interior.

En este tipo de escenarios, el Capitolio solo está llamado a revisar ese informe y debatirlo, pero no tiene la facultad de intervenirlo, pues quien tiene la última palabra sobre el fondo de esa declaración es la Corte Constitucional.

Otras noticias: Representantes realizarán inspecciones en el CNE y la Fiscalía por caso Petro

“Dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del Estado de Conmoción, el Congreso se reunirá por derecho propio, con la plenitud de sus atribuciones constitucionales y legales. El Presidente le pasará inmediatamente un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración”, dice específicamente en el artículo 213 de la Cara del 91.

En lo referente a la prórroga, de acuerdo con el estamento normativo del país, el Gobierno puede ampliar hasta dos veces la conmoción por un periodo no mayor de 90 días cada una. Pero, en todo caso, para la segunda sí se requiere el visto bueno del Senado y se debe someter a votación de sus integrantes.

No obstante, ese es un escenario que aún no se vislumbra, por lo que las plenarias de Senado y Cámara fueron ya citadas para la revisión del informe de la conmoción que el presidente Petro decretó en 19 municipios de Norte de Santander y Cesar como consecuencia de una escalada sangrienta que, tras nueve días continuos, ya deja más de 40.000 desplazados y más de 80 muertos.

Los presidentes de Cámara, Jaime Raúl Salamanca (Alianza Verde), y de Senado, Efraín Cepeda (Partido Conservador), notificaron oficialmente que el próximo martes, 28 de enero, las plenarias fueron citadas con el fin de analizar la conmoción interior. La primera comenzará sesiones a las 10 de la mañana y la segunda desde las 3 de la tarde.

“Eso se denomina una sesión especial, en la que vamos a analizar la convocatoria, los decretos y el informe del Gobierno Nacional. Ejerceremos control político y el Congreso, o cada cámara, tiene un plazo de 15 días para el pronunciamiento de fondo”, confirmó Cepeda.

“Nos reuniremos para escuchar a los funcionarios del alto Gobierno en torno a la declaración del estado de conmoción interior emitida por el señor presidente”, precisó Salamanca.

En todo caso, por ser un escenario político, desde ya se prevé una álgida discusión en torno a esta decisión del presidente Petro, pues la oposición advirtió que hay temas que le fueron negados al Gobierno cuando se le cayó la ley de financiamiento y que supuestamente quieren revivir a través de estos decretos, lo cual –por supuesto– es negado por el oficialismo.

Además, no se descarta que posterior a estos análisis se tramiten mociones de censura y debates de control adicionales sobre la gestión del gabinete ante una crisis que tiene en guardia al Estado y a actores internacionales, como el régimen venezolano de Nicolás Maduro, analizando sus implicaciones en la zona de frontera. Paralelo al escenario político, la Corte Constitucional hará su debate jurídico a puerta cerrada y desde ya se espera que el alto tribunal le ponga toda la celeridad a la discusión para resolver, sin más espera, si el estado de conmoción en el Catatumbo y Cesar se ajusta a la Constitución.

Este es el decreto completo de conmoción:

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Magdalena(45338)26 de enero de 2025 - 02:26 a. m.
El análisis de los decretos sustentados para declarar la conmoción en el Catatumbo y otras retgionets serán analizados a partir del grado de odio que los de las cortes constitucional y el congreso dirigido por Cepeda ,más no por lo que diga la Constitución que está supuestamente hecha para solucionar los problemas del país.
Nerofay(22027)24 de enero de 2025 - 07:57 p. m.
La corte tumba lo tumba así como hizo en la Guajira la razón; va encaminado a ayudar a los pobres y todo lo que huela a pobre lo rechazan.
Gilberto(54899)24 de enero de 2025 - 07:36 p. m.
Quiera Dios que los señores de la Coorte Constitucional legislen en pro del pueblo que sufre los horrores de la guerra y no sea piedra del camino para impedir el estado de conmoción promovido por el Pte Petro.
Florentino(02861)24 de enero de 2025 - 06:57 p. m.
Póngale la firma que la Corte no los aprobará. No es la primera vez que así lo ha hecho durante este gobierno. Ay santa Corte.
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