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En los próximos meses, el Ministerio de Salud tendrá que convocar a una mesa de trabajo con múltiples actores del mundo de la salud para establecer las bases de una nueva política nacional farmacéutica.
Así lo ordenó una sentencia de segunda instancia proferida en los últimos días por el consejero Pablo Andrés Córdoba, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, tras estudiar unos recursos de apelación interpuestos contra una sentencia de diciembre de 2024, emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
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El caso se remonta a 2019, cuando la Procuraduría General de la Nación demandó a la Nación y a varias entidades, como los ministerios de Salud y Comercio, la Superintendencia Nacional de Salud, entre otros.
A grandes rasgos, el Ministerio Público buscaba que se protegieran los derechos colectivos al acceso al servicio público de salud, representados en el acceso universal de los ciudadanos a medicamentos con precios controlados, así como los derechos colectivos a la moralidad administrativa, “representados en la protección de los bienes jurídicos asaltados por las acciones y omisiones de los actores de la cadena de producción, distribución y comercialización de medicamentos y de las autoridades administrativas encargadas de la construcción de las políticas y marcos regulatorios y sancionatorios necesarios para garantizar, en defensa del interés general, el acceso de la población a los medicamentos en condiciones de equidad”.
De acuerdo con la Procuraduría, dichos derechos no se estaban garantizando, entre otras, porque el sistema de control de precio de medicamentos era ineficaz como garantía del acceso y suministro de medicamentos con equidad a la población y como mecanismo de control del gasto público en salud y del gasto de bolsillo de los ciudadanos.
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Muestra de esto, argumentó la Procuraduría en 2019, era que “tan solo ha sometido a control directo de precios al 2,54 % de los medicamentos que se comercializan en el país, lo que afecta gravemente la estabilidad financiera del sistema encareciendo las compras públicas de medicamentos”.
Para el Ministerio Público, los integrantes de la cadena de medicamentos transgredían “en forma sistemática y masiva las reglas de control de precios de medicamentos vigentes y que las sanciones a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio con respecto a los integrantes de la cadena de medicamentos que incurren en dichas prácticas no cumplen con la función disuasoria de la función administrativa sancionatoria”.
El objetivo de la Procuraduría era que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, entre otras cosas, le ordenara al Ministerio de Salud establecer una mesa de trabajo en la que se convocara a los representantes de las farmacéuticas, mayoristas, EPS, IPS, entre otros actores, con el propósito de establecer las bases de una nueva política farmacéutica orientada a la garantía del acceso con equidad a los medicamentos, mediante el control de precios.
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En diciembre de 2024, un fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió a las pretensiones de la Procuraduría y le ordenó al Minsalud conformar una mesa de trabajo con el propósito establecido por la Procuraduría.
Sin embargo, a inicios de 2025, varias entidades vinculadas al proceso, como el Ministerio de Salud y la Supersalud, entre otras, radicaron recursos de apelación en los que, a grandes rasgos, buscaban detener las órdenes emitidas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El proceso inició una segunda etapa ante el Consejo de Estado. Tras poco más de un año, el alto tribunal emitió sentencia de segunda instancia el 17 de septiembre de 2026. Si bien El Consejo de Estado confirmó la sentencia de primera instancia, modificó algunos numerales.
Una de las principales órdenes del alto tribunal consiste en ordenarle al Minsalud, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y el Invima conformar una mesa de trabajo que integre a varias entidades, entre esas el Mincomercio, el Minciencias, la Adres, representantes de las farmacéuticas, EPS, IPS, académicos y usuarios y pacientes, cuyo principal objetivo será establecer las bases de una nueva política nacional farmacéutica.
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Dicha política deberá elaborarse a través de un Conpes o “en otro documento o instrumento jurídico idóneo en el que se definan los lineamientos de política, las acciones tendientes a solucionar el problema público y los mecanismos de financiamiento, con base en una metodología de participación que tenga dicha mesa de trabajo como una instancia de consulta”.
Entre los puntos de estudio que deberá contemplar la mesa de trabajo, se encuentra la reformulación de la política de control de precios de medicamentos y dispositivos médicos, así como las metodologías y procedimientos que posibiliten implementar un régimen de control de precios.
De igual manera, la mesa deberá analizar las diferentes estrategias de regulación del mercado de medicamentos, es decir, “revisar la viabilidad en la promoción de genéricos de menor precio en el mercado nacional, compras descentralizadas y subastas inversas o compras públicas, la negociación de acuerdos marco de precios y cualquier otro mecanismo de obtención de medicamentos”.
La sentencia del Consejo de Estado también ordenó conformar un comité de verificación de cumplimiento de la sentencia que será presidido por el magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y estará integrado por la Procuraduría y un representante con poder de decisión de cada una de las entidades demandadas y vinculadas.
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