Dos documentos que tienen, que en total suman 420 páginas, son los nuevos recursos que recientemente llegaron al ya copioso expediente judicial en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado y absuelto en la investigación por los delitos de soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal. Las víctimas acreditadas en el caso y la Fiscalía General de la Nación radicaron en la tarde del 13 de enero de 2026 sus demandas de casación. Un recurso con el cual buscan que la Corte Suprema de Justicia tumbe la absolución que emitió el Tribunal Superior de Bogotá y deje en firme el fallo de primera instancia, con el que la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda le impuso una condena de 12 años de prisión al político.
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El recurso de casación es la última herramienta que tienen los involucrados en el caso en contra del líder natural del Centro Democrático para que la justicia les dé o no la razón en cuanto a su culpabilidad o su inocencia. El expresidente fue llevado a juicio por presuntamente haber dirigido una red de soborno a testigos, apoyado por el abogado Diego Cadena (hoy condenado por esos hechos) para desviar señalamientos que lo relacionaban con grupos paramilitares en Antioquia. El caso se abrió luego de que Uribe Vélez denunciara al senador Iván Cepeda en febrero de 2012, por supuestamente haber manipulado testigos en su contra. La historia dio un giro y en 2018 el alto tribunal decidió empezar a indagar al expresidente por el mismo caso.
Tras años de recopilar pruebas, escuchar a testigos y armar el rompecabezas de los seis hechos criminales en los que supuestamente Uribe Vélez habría manipulado testigos, la Fiscalía logró llevar al expresidente a juicio y se emitió el fallo de primera instancia sobre el caso. El 1 de agosto de 2025 se conoció la sentencia de 1.114 páginas por medio de la cual la jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, condenó al político del Centro Democrático a una pena de 12 años de prisión por los cargos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Solo lo absolvió en el delito de soborno, por duda razonable. Es decir, que la jueza no halló elementos suficientes para determinar que Uribe Vélez fuera culpable o inocente de ese delito.
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Esa primera decisión fue apelada por la defensa del expresidente, liderada por el abogado Jaime Granados, quien el 13 de agosto del año pasado radicó ante el Tribunal Superior de Bogotá un documento de casi mil páginas exponiendo sus argumentos en contra del fallo. El caso llegó al despacho del magistrado Manuel Antonio Merchán, quien estuvo al frente de la ponencia de la decisión de segunda instancia. Dos meses y medio después, el 21 de octubre, los magistrados de la Sala Penal emitieron un fallo con el cual no solo tumbaron de plano la decisión de primera instancia, sino que criticaron fuertemente a la jueza Heredia Aranda y a la Fiscalía por fallas y errores en su trabajo. Solo la magistrada María Leonor Oviedo Pinto se apartó de esa decisión.
Con Uribe Vélez condenado en primera instancia y absuelto en la segunda, el único camino posible para las víctimas y para la Fiscalía era llevar el expediente a la Corte Suprema de Justicia, el mismo sitio donde todo comenzó, para que su Sala de Casación Penal determine si mantiene o revoca las decisiones adoptadas en la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá. Para abrir esa puerta, el equipo de la defensa, conformado por los abogados Miguel Ángel del Río, Reinaldo Villalba y Juan David León, y la Fiscalía, radicaron el pasado martes sus respectivas demandas de casación. En ambas argumentan que la decisión de segunda instancia habría desconocido pruebas importantes y que no las evaluó de la forma correcta.
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La postura de las víctimas
Son cuatro las personas acreditadas como víctimas en el expediente contra Uribe Vélez: el senador y hoy candicato presidencial Iván Cepeda, los exfiscales Eduardo Montealegre y Jorge Perdomo, y Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, testigo clave de la Fiscalía en el caso. En la demanda de casación interpuesta, un documento de 312 páginas, conocido por El Espectador, argumentan que el Tribunal Superior de Bogotá emitió un fallo que “desconoce las reglas de producción, apreciación y valoración de la prueba” y “arriba a conclusiones sin el soporte argumentativo exigible”. En su concepto, es un fallo que “impacta directamente los derechos de las víctimas a una decisión fundada, coherente con el acervo y respetuosa del debido proceso”.
Uno de los puntos refutados en la casación es el del presunto rol de Uribe Vélez dentro del supuesto entramado de compra de testigos. Para la jueza de primera instancia, el expresidente fue el “arquitecto” de una red para engañar a la justicia y limpiar su imagen. Sin embargo, para el Tribunal, lo único que hizo Uribe Vélez fue buscar “verdad” y que los testigos, que alguna vez lo inculparon, le dijeran a la justicia lo que realmente había sucedido. Las víctimas, por su parte, alegaron en la casación que las pruebas y las versiones de los testigos dan cuenta de que el político del Centro Democrático sí tenía conocimiento de las movidas del abogado Cadena, por las cuales este último también fue condenado en primera instancia.
“Es claro que la intervención de Álvaro Uribe Vélez no se limitó a una conducta neutra ni a un simple consejo, sino que consistió en una instrucción encaminada a incidir ilícitamente en el curso de actuaciones judiciales en su propio beneficio, a través de maniobras orientadas a manipular la versión de testigos, mediante el proceder ilícito de Cadena y los demás miembros del andamiaje criminal”, se lee en el documento de la demanda. El recurso también hace énfasis en las interceptaciones telefónicas a Uribe Vélez y al abogado Cadena, sobre lo cual ya se había pronunciado la Corte Suprema el 26 de enero de 2024, cuando le dio luz verde a que fueran usadas en la investigación, a pesar de haber sido hechas por error.
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“A través de estas grabaciones se podrá establecer que Álvaro Uribe Vélez le daba constantes instrucciones a Diego Cadena y a sus demás interlocutores para que a su vez incidieran en los testigos con el único propósito de que adulteraran la verdad en sus declaraciones”, dice el documento. Argumenta que no tener en cuenta las interceptaciones afectó el análisis integral de las otras pruebas y testimonios que alimentaban el expediente. “De haberse valorado este acervo probatorio, que el fallador de segunda instancia excluyó, junto con otras pruebas que dejó de valorar, habría podido corroborar los actos de determinación realizados por Uribe Vélez sobre Diego Cadena y demás colaboradores para la consumación de los delitos”, reza el documento.
De todos los testigos escuchados en juicio y recopilados en el recurso de casación, el documento hace énfasis en el capítulo relacionado con Juan Guillermo Monsalve. El Tribunal dijo en segunda instancia que el llamado testigo estrella de la Fiscalía incurrió en múltiples contradicciones en sus declaraciones y les restó valor dentro del proceso. Las víctimas y sus abogados argumentaron que la Sala Penal incurrió en un “falso juicio de existencia por omisión, al prescindir de la valoración conjunta de dos pruebas documentales legalmente incorporadas”. Es decir, que no hubo una evaluación correcta del testimonio; el tribunal omitió o ignoró pruebas que fueron presentadas correctamente dentro del proceso.
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Los reparos de la Fiscalía
Aunque en la decisión de segunda instancia el Tribunal Superior de Bogotá le dio un fuerte jalón de orejas a la Fiscalía por errores en la recopilación de pruebas y a la hora de delimitar los tres delitos por los que fue acusado Uribe Vélez, también presentó su propio recurso de casación, el 13 de enero pasado. El documento, firmado por la fiscal María Cristina Patiño y conocido por este medio, tiene 108 páginas y coincide con la demanda presentada por las víctimas en alegar que esa instancia no hizo una valoración correcta de las pruebas allegadas en el expediente y dejó de lado asuntos claves como las mencionadas interceptaciones telefónicas, que fueron una parte importante de la decisión emitida por la jueza de primera instancia.
“Esta demanda de casación tiene como finalidades específicas, de una parte, la efectividad del derecho material, en cuanto es preciso que la Corte Suprema de Justicia reconozca la secuencia de errores cometidos por el Tribunal de Bogotá en el fallo impugnado, que conllevó a la indebida absolución del acusado Álvaro Uribe Vélez”, se lee en el recurso. Luego agrega que la decisión “fue producto de una errada apreciación de las múltiples pruebas practicadas o aducidas en el juicio, en cuanto fueron tenidas como ilegales pese a su evidente legalidad, se les omitió íntegramente, o fueron cercenadas, tergiversadas, o se dedujo de ellas conclusiones contrarias a las reglas de la sana crítica”.
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El recurso señala que el material probatorio recopilado por la Fiscalía, contrario a lo que dijo la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá en su decisión, “cumplió los estándares necesarios” y que, en ese sentido, la obligación de esa instancia era evaluar las pruebas, no excluirlas. Le pide además a la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia que “a partir de la libertad probatoria y la sana crítica, se materialice la justicia, la verdad y la reparación de prejuicios derivados de los delitos por los cuales debe ser condenado el acusado”. Sobre el caso de las interceptaciones, dice que hubo una “violación indirecta de la ley”, pues las grabaciones “acreditan más allá de duda razonable la determinación de Álvaro Uribe en la comisión de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal”.
La Fiscalía no dejó por fuera de su recurso de casación el salvamento de voto de la magistrada María Leonor Oviedo Pinto, con quien estuvo de acuerdo en los argumentos para apartarse de la decisión del resto de la sala. “La magistrada disidente efectuó un análisis exhaustivo, completo y ajustado a las reglas de la sana crítica, demostrando la existencia de un patrón común, sistemático y articulado de manipulación de testigos; la unidad del plan criminal; la coordinación de los emisarios; la materialización de actos concretos de ofrecimiento de prebendas, presiones, retribuciones económicas y direccionamiento; y la existencia real de los tres delitos”, concluyó el documento firmado por la fiscal del Patiño.
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Con las dos demandas de casación radicadas, se abre un nuevo y posible último capítulo en el expediente judicial en contra de Uribe Vélez, que vuelve a manos de la Corte Suprema de Justicia, alimentado por miles de folios recopilados desde 2018, cuando inició la pelea judicial. Este diario consultó a la defensa del expresidente para conocer su postura frente a estos recursos, pero señaló que hasta no ser notificados de manera oficial y conocer por vía del Tribunal o de la Corte ambos documentos, no se pronunciarán al respecto. El camino en el alto tribunal apenas comienza y podrían pasar hasta máximo cinco años para que se conozca una nueva decisión.
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