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Por medio del Decreto 1390, del 22 de diciembre de 2025, el Gobierno de Gustavo Petro decretó emergencia económica por 30 días.
Esta medida, que ya había anunciado el Ministerio de Hacienda, implica que el Gobierno podrá crear o modificar impuestos vía decreto. Todavía no se conoce la lista de los nuevos tributos.
El Gobierno sostiene que la grave situación fiscal, por la ocurrencia de hechos económicos sobrevinientes que afectan de manera extraordinaria la situación de las finanzas de la Nación, impide garantizar el “goce efectivo de derechos fundamentales y la prestación de servicios públicos esenciales”.
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Como explicaron expertos a este diario, sólo es posible declarar este estado de excepción cuando sobrevengan hechos que perturben de forma grave e inminente el orden económico. Además, deben ser situaciones que no se puedan enfrentar con las competencias ordinarias del Estado.
El término “hechos sobrevinientes” es clave en esta conversación. Gremios y analistas han advertido que en este caso no aplica la emergencia económica porque la desfinanciación del presupuesto es previsible y, por ende, la medida podría caerse en la revisión de la Corte Constitucional. Este es el debate que se avecina.
Le contamos cuáles son los ocho argumentos que, según el Gobierno, justifican declarar la emergencia económica.
1️⃣ Obligatoriedad de cumplir el auto de la Corte Constitucional relacionado con la UPC
La primera causa que señala el Gobierno en el decreto tiene que ver con la Unidad de Pago por Capitación (UPC), el valor que el Estado reconoce por cada afiliado al sistema de salud.
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El decreto de emergencia económica explica que, aunque durante varios años se avanzó en la equiparación entre la UPC del régimen contributivo y la del régimen subsidiado (en 2019 llegó al 95 %), la brecha volvió a ampliarse tras la actualización de nuevas tecnologías en el plan de beneficios en 2022. Como resultado, la prima del régimen subsidiado cayó al 88,9% de la del contributivo.
Para corregir la diferencia, el Ministerio de Salud expidió el 15 de diciembre la resolución 2605. Este documento ordenó que la UPC del régimen subsidiado se equipare al 95 % a la del régimen contributivo a partir de 2026. La resolución se expidió para cumplir el auto 2049 del 10 de diciembre de este año, de la Corte Constitucional, que reitera las órdenes contenidas en la sentencia T-760 de 2008 y las decisiones judiciales contenidas en autos anteriores.
La orden, señala el decreto, implica disponer para 2026 de recursos estimados en COP 3,3 billones.
2️⃣ Garantía de seguridad por alteraciones del orden público
El Gobierno sostiene que la “intensificación y gravedad de los hechos de orden público desafían la capacidad ordinaria de respuesta del Estado, como lo acreditan el paro armado nacional perpetrado por grupos armados al margen de la ley y los ataques en los departamentos de Cauca, Cesar y Norte de Santander con tecnologías de drones, que dejaron varios soldados muertos y heridos”. Para invertir en infraestructura y tecnología para la Fuerza Pública, el Ministerio de Defensa estima que se necesitan COP 2,7 billones.
También argumenta que se agravaron los riesgos de seguridad de los candidatos para las próximas elecciones y, por ende, la exigencia de recursos para la Unidad Nacional de Protección (UNP) por cerca de COP 1 billón.
3️⃣ La no aprobación de la ley de financiamiento
El Gobierno argumenta que el Congreso aprobó un Presupuesto General de la Nación de 2026 por COP 546,9 billones atado a una ley de financiamiento por COP 16,3 billones, pero que esa ley (que en la práctica es una reforma tributaria) se hundió en el Legislativo.
Estos hechos, según el Gobierno, “exacerban las presiones de liquidez, elevando los riesgos de refinanciamiento” y afectando la continuidad de obligaciones indispensables para garantizar el gasto público social (incluyendo derecho a la seguridad social en salud, prestación de servicios públicos y atención a población vulnerable); la seguridad ciudadana, y el cumplimiento del pago oportuno de deuda pública, obligaciones contractuales de vigencias futuras y las sentencias judiciales.
4️⃣ Desastres naturales por la ola invernal
El documento señala que el decreto 1372 de 2024 declaró emergencia de desastre nacional por cambio climático y sus efectos, una medida que ha demandado recursos. Pero, según el Gobierno, por el déficit fiscal y la no aprobación de la ley de financiamiento para 2025 (la que se hundió en 2024), por COP 12 billones, no se ha asignado todo el presupuesto solicitado.
Para atender la ola invernal y el terremoto en Paratebueno, dice el decreto, es necesario asignar recursos a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo por COP 0,5 billones.
5️⃣ Sentencias judiciales pendientes de pago
El decreto señala que hay sentencias judiciales proferidas para restablecer derechos de personas afectadas por la violencia (población civil y militares), por desastres de origen natural, salud, protección de minorías étnicas, entre otros. Atender estas obligaciones, que hoy están pendientes de pago, es una obligación constitucional.
Para la vigencia 2026 se ha presupuestado para los rubros de créditos judicialmente reconocidos solo COP 1,5 billones.
6️⃣ Obligaciones atrasadas de origen legal y contractual
El decreto se refiere a los subsidios de energía y gas para estratos 1, 2 y 3 que, según la ley, se financian con los aportes de usuarios residenciales de estratos altos y usuarios no residenciales, el faltante lo asume el Estado.
Esta obligación se ha convertido en una deuda con las comercializadoras de energía, que entregan los subsidios a los usuarios mes a mes. Los cálculos del Gobierno indican que para la vigencia 2025 quedaron pendientes por pagar COP 5,1 billones de subsidios (COP 4,18 billones de energía y COP 935.000 millones de gas).
El Gobierno advierte que para las comercializadoras de energía los subsidios representan un porcentaje significativo de los ingresos, que puede llegar a 40 % en zonas interconectadas y al 100 % en las zonas no interconectadas. Desatender estas obligaciones “derivaría en la materialización de un riesgo sistémico con capacidad de afectar la prestación del servicio”.
El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales y el Administrador de Cuentas, en un informe de septiembre de este año, advirtió que si se acumulan los subsidios de energía para 2025 y 2026, entre el 39,1 % y el 40,7 % de la demanda del país se vería afectada. El decreto señala que no atender la situación, especialmente en el Caribe, puede generar la cancelación masiva de contratos de suministro de energía, afectando el nivel de exposición a bolsa, con impacto en las tarifas, y acumulación de deuda.
“Como consecuencia del no pago de estas obligaciones, la región Caribe se encuentra en una situación de extrema gravedad en la que se presentaría una crisis social producto de las fallas en el servicio público esencial que presta la empresa encargada de la distribución de energía en la región a 1,38 millones de usuarios”, dice el decreto. En este punto se refiere a la empresa Air-e intervenida, que presta servicio en Atlántico, La Guajira y Magdalena.
En este punto, el Gobierno agregó que la Constitución establece que el Congreso no puede eliminar o reducir partidas presupuestales requeridas para cumplir obligaciones contractuales preexistentes, como las vigencias futuras.
El decreto también destaca que se deben asignar COP 1,6 billones para el pago de indemnizaciones a familias víctimas del desplazamiento forzado, del Fondo para la Reparación de las Víctimas y para gastos de inversión.
7️⃣ Recursos de endeudamiento restringidos
El Gobierno sostiene que la agudización de la crisis fiscal también proviene de limitaciones de endeudamiento: la ley establece la regla fiscal en la que se fija un techo del 70 % del PIB y un ancla del 50 % del PIB. Vale recordar que este año el Gobierno activó la cláusula de escape y suspendió la aplicación de este mecanismo.
El decreto argumenta que, además, se han exigido cláusulas contractuales restrictivas, adicionales, respecto al endeudamiento, por “medidas unilaterales del Gobierno de Estados Unidos contra el Gobierno de Colombia”. Y destaca que se dispuso un techo para el endeudamiento público en el presupuesto 2026, que contemplaba COP 16,3 billones de la ley de financiamiento que se hundió en el Congreso.
8️⃣Restricciones en la caja de la Tesorería General de la Nación
El Gobierno sostiene que la no aprobación de la tributaria compromete la sostenibilidad fiscal, aumenta el déficit fiscal e incrementa las necesidades de endeudamiento. Este último punto, si se atiende a través de deuda interna, puede presionar al alza la tasa de interés real, que a la larga afectaría la inversión privada.
En el decreto, la administración Petro agrega que los déficit primarios conducen a un aumento de la razón deuda sobre PIB, elevando las necesidades de financiamiento futuras y reforzando un “círculo no virtuoso entre mayor endeudamiento, mayores costos financieros y menor crecimiento económico, incrementando la vulnerabilidad fiscal a corto plazo e intertemporalmente reduciendo el margen de maniobra de la política económica”.
Como ejemplo, dice el decreto, una prima de esa magnitud implicaría un costo fiscal anual significativo, comparable al gasto requerido para financiar el pilar solidario de la reforma pensional, que cubre a 191.000 adultos mayores por un año. “Las tensiones de liquidez no solo tienen implicaciones financieras, sino también fiscales y sociales”, dice el documento.
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Otros factores
En la segunda parte del decreto, el Gobierno argumentó que hay una elevada incertidumbre global por la guerra comercial liderada por Estados Unidos, un tema que genera condiciones financieras restrictivas y altos costos de financiamiento. Agrega que la deuda pública mundial está en niveles máximos, reduciendo el espacio fiscal de los países.
En el caso de Colombia, dice el decreto, se evidencian mayores costos del servicio de la deuda y restricciones de liquidez. En este escenario, sostiene el Gobierno, las herramientas de política fiscal ordinaria son insuficientes para enfrentar choques macroeconómicos.
En la tercera parte, la administración Petro argumenta que ha sido responsable fiscalmente, incluso cuando se hundió la tributaria el año pasado, pero que en este punto el recorte de gasto no es posible porque el 93 % del presupuesto es inflexible y hay otras obligaciones, como el gasto público social, el Sistema General de Participaciones, las sentencias ejecutorias, la deuda de subsidios, el incremento de la UPC, los desastres naturales, el creciente riesgo de seguridad por orden público y la protección de candidatos para las próximas elecciones.
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