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Caso Dilan Cruz: tras casi siete años de su muerte, Procuraduría llama a juicio a un capitán

Cuatro meses después de que el Ministerio Público ordenara formular un nuevo pliego de cargos en contra de Manuel Cubillos, señalado de haberle disparado al joven durante las protestas de 2019, el capitán de la Policía irá a juicio disciplinario. Aunque en lo disciplinario camina, el caso penal sigue varado en la Fiscalía, que aún no resuelve las preguntas sobre la justicia que la familia exige.

Gustavo Montes Arias y Paulina Mesa Loaiza

28 de julio de 2026 - 06:00 a. m.
Dilan Cruz murió el 23 de noviembre de 2019 durante una protesta.
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La Procuraduría General de la Nación tomó una decisión que será clave en la investigación disciplinaria por el crimen de Dilan Cruz, el joven de 18 años impactado por un proyectil el 23 de noviembre de 2019, durante una jornada de manifestación en Bogotá.

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El Ministerio Público emitió un nuevo pliego de cargos contra el capitán Manuel Cubillos Rodríguez, el agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) investigado por su presunta responsabilidad en su muerte. Pese a que el caso se ha movido en lo disciplinario y lo administrativo, pues hace unas semanas quedó en firme la condena contra la Policía Nacional por este hecho, el proceso penal que lleva la Fiscalía sigue estancado y la familia aún espera respuestas de la justicia.

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El Espectador conoció el documento con el que la Procuraduría llamó de nuevo a juicio disciplinario a Cubillos Rodríguez porque, al parecer, disparó el arma que segó la vida de Dilan Cruz, sabiendo que podría ser mortal.

Este nuevo pliego de cargos es clave además porque reconoce que el crimen de este joven se trató de una grave violación a los derechos humanos y declaró el caso como imprescriptible, un movida que asegura que el proceso no se cierre hasta que sea resuelto, pero que, en palabras de la defensa de las víctimas, podría ser una “carta blanca” de la justicia para alargar al proceso.

Además, compulsa copias contra el coronel Néstor Raúl Cepeda Cifuentes, para también investigarlo por posible responsabilidad de mando, al ser el superior de Cubillos.

A este punto llegó la Procuraduría después de un proceso que lleva varios años moviéndose y en el que, incluso, hubo una primera sanción que fue anulada. El 4 de abril de 2024, el Ministerio Público sancionó a Cubillos Rodríguez con una multa de 180 días de salario (COP 14 millones).

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Esa decisión fue apelada por la defensa de la familia. Al revisar, lo que encontró el ente de control fue que se habían equivocado durante todo el proceso al llevar al capitán a juicio disciplinario bajo los lineamientos del régimen específico de la Policía y no bajo el régimen ordinario, lo que ponía a tambalear las garantías para las víctimas. El 23 de febrero de 2026, la misma Procuraduría anuló la decisión y ordenó formular un nuevo pliego de cargos, esta vez más riguroso.

La revaluación del expediente

El nuevo pliego de cargos califica provisionalmente el crimen de Dilan Cruz como una violación grave a los derechos humanos. Bajo esa premisa, el Ministerio Público detalla que la conducta debe juzgarse bajo el régimen disciplinario ordinario, a raíz de su gravedad y de que actuó sobrepasando sus funciones como uniformado de la Policía.

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En efecto, uno de los argumentos que presentó la Procuraduría fue una sentencia de la Corte Constitucional que establece que cuando una conducta “rompe con el servicio”, debe ser investigada bajo el régimen disciplinario general. Así, el Ministerio Público ratificó que los sucesos del 23 de noviembre de 2019 “al parecer, trascendieron la función atribuida a la Policía y carecen de relación directa con ella”.

Otro de los puntos clave que rescató la Procuraduría fue la calificación de la falta, de forma provisional, como “gravísima dolosa”. El Ministerio Público señaló en el documento que, de acuerdo con las pruebas en el expediente, el capitán tenía formación sobre el uso de armas, así como el control de disturbios y la prestación del servicio en medio de manifestaciones.

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Aun así, utilizó su arma de dotación de manera “libre y voluntaria”, en una jornada de manifestaciones donde había muchos ciudadanos. Asimismo, el ente de control destacó que Cubillos Rodríguez tenía conciencia de que disparar de manera indiscriminada podría ocasionar lesiones o la muerte a alguna persona.

En el nuevo pliego de cargos, el ente de control también se refirió a la responsabilidad de mando a raíz de la cadena jerárquica dentro de la Policía. En ese sentido, ordenó investigar de manera independiente a los superiores de Cubillos Rodríguez que habrían emitido las órdenes de dispersar la manifestación, de forma puntual al coronel Néstor Raúl Cepeda Cifuentes.

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“Se estima necesario compulsar copias de la presente actuación, para que, de manera separada, bajo un nuevo radicado, se inicie la actuación disciplinaria, en aras de determinar si existe responsabilidad disciplinaria alguna del coronel por las órdenes u orientaciones impartidas”, se lee en el documento.

Homenaje al estudiante Dilan Cruz, quién falleció a causa de un objeto contundente, lanzado por el capitán Manuel Cubillos Rodríguez del ESMAD, hechos ocurridos durante el paro nacional realizado el 23 de noviembre 2019.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

La condena contra la Policía

Hace apenas un mes, el 25 de junio pasado, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la condena en contra de la Policía por su responsabilidad en el crimen de Dilan Cruz. Esa instancia estudió las apelaciones sobre el fallo que resolvió la demanda contra la institución por una “falla del servicio” que cobró la vida del joven.

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La decisión ordena, entre otras cosas, declarar administrativamente responsables a la Nación, al Ministerio de Defensa y a la Policía e indemnizar a la madre, los cuatro hermanos y el abuelo del joven manifestante. Pero uno de los puntos más importantes está relacionado con lo que alegaban las entidades del Estado en ese proceso, según las cuales el crimen de Dilan Cruz se había tratado de “un daño especial”.

En plata blanca, según explicó la abogada Daniela Stefanía Rodríguez, del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (Cspp), organización que representa a la familia, el Estado alegaba que el antiguo Esmad había actuado de forma legítima, que la muerte del joven el 25 de noviembre de 2019, dos días después de ser herido, había sido consecuencia de una situación cuando menos esperable y que el joven se había puesto en la línea de tiro de Cubillos Rodríguez cuando disparó. La familia y su defensa criticaron esa postura.

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“Salir sin pudor a decir que la víctima se atravesó en la línea de tiro del disparo es totalmente lamentable”, dijo la jurista. Y el Tribunal les dio la razón al señalar que lo que hubo en realidad fue un acto irregular por parte del capitán.

En esa línea y como medida de reparación, esa instancia ordenó al comandante de la Policía Nacional realizar, en representación de la institución, un acto público de reconocimiento de responsabilidad y ofrecer disculpas a los familiares de Dilan Cruz, al considerar que su muerte se produjo mientras ejercía de manera legítima su derecho constitucional a la protesta.

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Sobre este asunto, la abogada Rodríguez explicó que se tendrá que concertar fecha, lugar y elementos simbólicos o culturales que integrarán ese acto. La abogada señaló que será fundamental reconocer explícitamente que el joven estaba ejerciendo un derecho cuando fue impactado por una munición oficial.

Por tiempos, sería el gobierno de Abelardo de la Espriella el que lleve a cabo el acto público de reconocimiento.

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“Debemos analizar la postura del nuevo gobierno frente a la violencia en la protesta social, considerando que Abelardo de la Espriella ejerció la defensa del capitán Cubillos al inicio del proceso. No obstante, son órdenes judiciales que se deben cumplir. Estamos a la espera de saber quién será el nuevo comandante de la Policía para iniciar la concertación. El Tribunal es claro: el acto debe precisar que Dilan Cruz estaba ejerciendo su derecho constitucional a la protesta al momento de ser impactado y que ningún manifestante debe ser sujeto de acciones contra su integridad o su vida”, apuntó la abogada.

La familia de Dilan Cruz pide justicia.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

Los retrasos de la Fiscalía

Mientras que los procesos en la Procuraduría y en los tribunales administrativos producen órdenes y decisiones, en casi siete años, el expediente por la muerte de Dilan Cruz en la Fiscalía no se ha movido ni un milímetro. La investigación se mantiene en una etapa preliminar y ninguna persona ha sido imputada por su posible responsabilidad en el crimen.

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La abogada Rodríguez, del Cspp, explicó en diálogo con El Espectador que parte de los retrasos tienen su origen en que el expediente ha pasado de mano en mano por tres despachos sin avanzar lo suficiente. Primero estuvo en la Fiscalía 298 de la Unidad de Vida, luego fue reasignado a la Fiscalía 127 de Derechos Humanos y después a la Fiscalía 126 de esa misma unidad.

Hoy el caso está en manos de la fiscal Claudia Niño, que lo recibió en julio de 2024, con importantes retrasos y muchas preguntas que rodeaban el expediente. Aunque la abogada Rodríguez señaló que los funcionarios del búnker tienen pruebas suficientes para avanzar en la judicialización del agente que disparó y causó la muerte de Dilan Cruz, no lo han hecho.

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Este diario reveló en noviembre de 2024 que el ente investigador no había resuelto una duda clave: “¿Existió intención del policía en matar al joven o fue simplemente una muerte fortuita?”. En concepto de la jurista que representa a la familia, el nuevo pliego de cargos que formuló la Procuraduría en contra de Cubillos Rodríguez debería dar luces al respecto.

La abogada aclaró que recientemente la Fiscalía ha adelantado acciones investigativas, como algunas entrevistas y recopilación de pruebas con el objetivo de hacer una imputación sólida, pero no justifica que a solo cuatro meses de que se cumplan siete años del crimen, el proceso siga en su etapa inicial.

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“La Fiscalía viene avanzando, no decimos lo contrario. Pero insistimos en que el paso del tiempo genera consecuencias importantísimas en procesos que buscan justicia por graves violaciones a los derechos humanos. La decisión administrativa es relevante y la disciplinaria tendrá unas consecuencias y un impacto importante, pero el principal objetivo en esto es determinar quiénes tuvieron algún grado de responsabilidad”, señaló la jurista.

Lograr avances concretos y tangibles en el proceso penal es relevante no solo por lo que significa para la familia de Dilan Cruz tener certezas después de años en los que la justicia les ha sido esquiva. Lo es también porque, como explicó la abogada, en un país en el que las graves violaciones a los derechos humanos han sido una constante durante décadas, juzgar a un agente del Estado presuntamente vinculado a este crimen marcaría un punto de quiebre en la forma en la que se administra justicia en este tipo de casos.

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“La familia parte de la necesidad de que únicamente el establecimiento de justicia en casos como estos permitirá que otras personas no tengan que pasar por el dolor que ellos han experimentado”, concluyó la abogada.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Gustavo Montes Arias

Comunicador Social - Periodista, con interés en temas de política, conflicto, paz y memoria. Premio Nacional de Periodismo Escrito Universitario Orlando Sierra Hernández a mejor entrevista, 2022.@GustavoMontesAr

Por Paulina Mesa Loaiza

Periodista de la Universidad de Antioquia e ilustradora. Ha escrito en prensa y portales digitales con especial interés en justicia, conflicto, memoria y paz. Actualmente es periodista de Colombia+20.@paulina_mesalpmesa@elespectador.com
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