Nueve meses después de que la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP) emitiera sus primeras sentencias restaurativas, la Sección de Apelaciones de la justicia transicional decidió en segunda instancia sobre esos dos fallos. Se trata de las sanciones contra siete exintegrantes del último Secretariado de la antigua guerrilla de las Farc por secuestros y a siete exmilitares del Batallón La Popa, de Valledupar (Cesar), por ejecuciones extrajudiciales.
Esas dos sentencias, que se conocieron el 16 y 18 de septiembre del año pasado, ordenaron medidas de restricción de derechos y libertades a los comparecientes y el desarrollo de Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador-Restaurador (TOAR). Las víctimas y sus representantes, comparecientes y entidades del Estado interpusieron, en total, 31 recursos en contra de las decisiones, resueltos en la Sección de Apelación.
Esa instancia confirmó las sanciones propias en contra de los 12 exmilitares del Batallón La Popa, condenados como máximos responsables del crimen de guerra de homicidio en persona protegida y los crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada. A los exintegrantes del Secretariado de las Farc también les confirmaron la condena y se ajustaron algunos puntos relacionados con las peticiones de las víctimas y de la Procurduría.
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La sentencia contra las Farc por secuestros
La primera sentencia se conoció en la mañana del 16 de septiembre de 2025 y fue sobre el macrocaso 01, que investiga la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por la antigua guerrilla de las Farc. Por ese macrocaso hay, en total, 4.325 personas acreditadas como víctimas en todo el país y 41 exintegrantes de las Farc imputados. Los sancionados fueron los siete exintegrantes del último secretariado.
Se trata de Rodrigo Londoño Echeverry, alias “Timochenko”; Jorge Torres Victoria, alias “Pablo Catatumbo”; Pastor Lisandro Alape Lascarro, o “Pastor Alape”; Milton de Jesús Toncel, alias “Joaquín Gómez”; Jaime Alberto Parra o “El médico”; Julián Gallo Cubillos, alias “Carlos Antonio Lozada”; y Rodrigo Granda Escobar o “Ricardo Téllez”. La JEP documentó en su investigación que hubo tres patrones criminales u objetivos detrás de esta política criminal.
Según la sanción de primera instancia, el secuestro devino en abusos sexuales, torturas y otras graves violaciones de derechos humanos que se justificaron en esos tres patrones criminales: financiar a la organización ilegal, forzar el intercambio por guerrilleros presos y controlar a la población de los territorios. Entre los casos emblemáticos está el de los exdiputados del Valle del Cauca, secuestrados y asesinados en abril de 2002.
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La sanción contra exmilitares por falsos positivos
La segunda sentencia se conoció dos días después, 18 de septiembre de 2025, y fue sobre el macrocaso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado. Son, en todo el país, 4.222 víctimas acreditadas. El caso del Batallón de Infantería La Popa de Valledupar (Cesar) hace parte del Subcaso Costa Caribe, que tiene 538 personas acreditadas como víctimas.
El subcaso está centrado en hechos que ocurrieron entre enero de 2002 y julio de 2005. Fueron 15 exmilitares imputados, 12 aceptaron cargos: Guillermo Gutiérrez Riveros, Heber Hernán Gómez Naranjo, Efraín Andrade Perea, Manuel Valentín Padilla Espitia, Carlos Andrés Lora Cabrales, Eduart Gustavo Álvarez Mejía, José de Jesús Rueda Quintero, Élkin Leonardo Burgos Suárez, Élkin Rojas, Juan Carlos Soto Sepúlveda, Yeris Andrés Gómez Coronel y Alex José Mercado Sierra.
En su decisión de primera instancia, la justicia transicional encontró que hubo dos patrones macrocriminales en el caso de los 135 inocentes asesinados y presentados como guerrilleros en combate. El primero, asesinatos ocurridos en el marco de una alianza y relación de connivencia entre miembros del Batallón La Popa y grupos paramilitares. El segundo, hechos criminales ocurridos en contra de personas en situación de vulnerabilidad, aprehendidas irregularmente o engañadas.
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