Publicidad

Congresistas de oposición acuden a la justicia contra el decreto que regula la protesta

Una tutela y varias demandas de nulidad cuestionan el Decreto 1525 de 2026, firmado por el presidente Abelardo de la Espriella un día antes de la primera jornada de movilizaciones de la oposición.

AME6011. BOGOTÁ (COLOMBIA), 14/10/2026.- Personas sostienen carteles durante el primer paro nacional convocado por centrales sindicales y partidos opositores contra el Gobierno del presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, este miércoles en Bogotá (Colombia). EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda
Personas sostienen carteles durante el primer paro nacional convocado por centrales sindicales y partidos opositores contra el Gobierno del presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, este miércoles en Bogotá (Colombia). EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda
Foto: EFE - Mauricio Dueñas Castañeda

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

Menos de 24 horas después de que el Gobierno expidiera el Decreto 1525, congresistas del Pacto Histórico y de Dignidad y Compromiso acudieron a la justicia para frenarlo. Coinciden en que el Ejecutivo no tiene competencia para fijar límites a la protesta social y en que, al hacerlo por decreto, invadió un terreno que la Constitución reserva al Congreso.

La norma fue firmada el pasado 13 de octubre y publicada esa misma noche. Su primera aplicación será en las marchas convocadas para este 14 de octubre por el Pacto Histórico, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y Fecode, las primeras de la oposición desde que De la Espriella asumió el poder. El ministro del Interior, Rodrigo Lara, anticipó que la jornada será monitoreada desde un puesto de mando unificado liderado por el propio mandatario.

En contexto: Oposición saldrá a las calles en primera jornada de protestas en el gobierno De la Espriella

La primera en anunciar acciones legales fue la senadora Jennifer Pedraza, de Dignidad y Compromiso, quien anunció una demanda ante el Consejo de Estado. En un mensaje en X calificó el decreto de "regresivo e inconstitucional" y sostuvo que solo el Congreso, mediante ley estatutaria, puede fijar los casos en que se limita la protesta, conforme al artículo 37 de la Constitución. Hacerlo por decreto, dijo, debilita la movilización y la división de poderes.

Pedraza recordó que el Decreto 003 de 2021 nació de una orden judicial tras los excesos de la fuerza pública en 2019, cuando actuaba el entonces Esmad, hoy Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (Undmo). Reprochó que el Gobierno lo modificara con una consulta de solo siete días y sin convocar la Mesa Nacional de Garantías, el espacio que sirvió para concertar la norma anterior. En su lectura, el nuevo texto convierte el diálogo en una simple preferencia y permite omitirlo, al igual que la mediación, incluso cuando no hay violencia, lo que abriría la puerta a disolver protestas pacíficas por bloqueos.

Le puede interesar

Para respaldar su postura, citó la sentencia C-742 de 2012, de la Corte Constitucional, según la cual bloquear una vía no es delito por sí solo, y cuestionó que el Gobierno se apoye en cifras gremiales que él mismo reconoce como no verificadas. "La protesta es pacífica, pero también disruptiva", afirmó.

Lea también: Unicef alerta por 163 casos de ataques y uso militar de escuelas en Colombia

En declaraciones a La FM, fue más lejos: dijo que el decreto "es inconstitucional porque al modificar un derecho fundamental como lo es el derecho a la protesta, debe ser tramitado como un proyecto de ley estatutaria ante el Congreso". "Y si a esto le sumamos un ambiente de autoritarismo y de estigmatización del derecho constitucional a la protesta pacífica, como es la narrativa que ha implementado el Gobierno Nacional y el ministro del Interior, Rodrigo Lara, sin duda alguna vamos a tener un salpicón que lo que lleva es a que la gente se desincentive de utilizar un derecho tan importante como el derecho a la protesta", agregó la representante de Dignidad y Compromiso.

Por su parte, los representantes a la Cámara del Pacto Histórico Laura Daniela Beltrán, conocida como "Lalis", y Daniel Monroy anunciaron una demanda de nulidad ante el Consejo de Estado y, además, una tutela. En ambos casos pidieron suspender el decreto para evitar efectos inmediatos sobre quienes participen en las marchas. Ante el Consejo de Estado, la solicitud es una medida cautelar mientras se estudia el fondo.

Beltrán invocó el artículo 152 de la Constitución, que exige una ley estatutaria para regular los derechos y deberes fundamentales y los procedimientos para protegerlos. Según ella, el decreto abre la puerta a que las autoridades evalúen la protesta frente a derechos como el trabajo, la salud y la movilidad, algo que calificó de arbitrario y que, afirmó, el presidente no puede hacer.

Le puede interesar: María C. Tarazona dice que el dinero para asesinar a Miguel Uribe habría salido de Venezuela

Monroy centró su crítica en el diálogo previo. A su juicio, el texto lo presenta como una opción y no como un deber, y fija circunstancias en las que se puede prescindir de él, lo cual considera peligroso. Aclaró que la acción no busca respaldar actos violentos: "Los delitos se investigan", dijo, pero la protesta pacífica no puede tratarse como una amenaza. Añadió que acompañarán las denuncias de ciudadanos y organizaciones que se sientan afectados por la aplicación de la norma.

Por su parte, este 14 de octubre, el vicepresidente del Senado, Alejandro Ocampo, del Pacto Histórico, radicó otra demanda de nulidad. Argumenta que varias disposiciones exceden las facultades del Gobierno y vulneran el derecho a la protesta pacífica. Cuestiona, en particular, las normas que podrían facilitar intervenciones policiales por afectaciones económicas o dificultades de movilidad, así como la posibilidad de omitir etapas de diálogo y mediación.

Según Ocampo, la Corte Constitucional ha establecido que las restricciones a la protesta deben respetar la reserva de ley y que una manifestación solo puede disolverse bajo condiciones estrictas de gravedad y necesidad. "El Gobierno no puede crear nuevas restricciones mediante un decreto", afirmó. También reiteró que las autoridades deben proteger a los manifestantes y a terceros, y actuar contra quienes cometan actos de violencia.

Más noticias: Amplían imputación contra el presunto cerebro del caso Aremca por 23 contratos irregulares

Finalmente, la representante Ana Erazo, del Pacto Histórico por el Valle del Cauca, informó en X que también demandó la nulidad del decreto. "El decreto que criminaliza la protesta, firmado ayer por Abelardo de la Espriella, no solamente es violento y amenaza a todo aquel que esté en contra del Gobierno nacional, sino que es un esperpento constitucional. Este gobierno autoritario y del miedo no va a cercenar unilateralmente el derecho a la protesta porque le tiene terror a las calles", publicó en sus redes.

Qué dice el decreto que regula la protesta

El Decreto 1525 modifica el Decreto 003 de 2021, expedido tras una orden de la Corte Suprema de Justicia que buscaba fijar garantías para la protesta pacífica y controles sobre las intervenciones de la Policía. Según su texto, conserva las garantías para quienes protestan sin violencia y agrega nuevas reglas para actuar frente a hechos violentos, bloqueos y afectaciones a servicios esenciales.

Entre las novedades están la creación de un sistema de alertas tempranas de conflictividad social, la obligación de activar puestos de mando unificado (PMU) y la habilitación de corredores para ambulancias, bomberos, misiones médicas y organismos de socorro. Esos corredores también deberán proteger el paso de personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes y menores, además del transporte de medicamentos, insumos hospitalarios y alimentos perecederos. El texto ordena garantizar el acceso permanente a hospitales, aeropuertos, acueductos, redes eléctricas, terminales y centros de abastecimiento.

Publicidad

Le recomendamos: Fuga de 41 detenidos en Santa Marta cuestiona estrategia de seguridad tras paro de las ACSN

La respuesta de las autoridades se organiza en cinco niveles: facilitación y gestión preventiva; diálogo directo; mediación y articulación institucional; disuasión; y restablecimiento del orden por parte de unidades policiales. El paso de un nivel a otro depende de que el anterior resulte insuficiente, y cada decisión debe quedar consignada en las actas del PMU.

Ese esquema tiene una excepción que es el centro de la controversia: ante hechos violentos o cuando se demuestre que el diálogo se agotó, las autoridades pueden prescindir de los tres primeros niveles si se cumplen las condiciones previstas. Entre esas conductas figuran el porte o uso de armas de fuego, armas cortopunzantes, explosivos o artefactos incendiarios; la retención de personas; las agresiones contra civiles, uniformados, funcionarios, personal médico y periodistas; y los ataques contra infraestructura pública o privada.

Publicidad

En esos casos, la Policía podrá actuar sin que el diálogo previo sea un requisito, pero la intervención debe concentrarse en los responsables y no en toda la concentración. El PMU debe documentar lo ocurrido y ponerlo en conocimiento del Ministerio Público. Si no se cumple alguna de las etapas iniciales, la autoridad debe explicar por qué y dejarlo por escrito.

Lea también: “El Estado volvió a fracasar”: el balance de la Corte sobre protección de los wayuu

El ministro Lara ha defendido el decreto como "garantista" y lo comparó con normativas de países europeos. Sostiene que nace de un fallo de tutela de la Corte Suprema de 2021 que ordenó precisar las instrucciones sobre el uso de la fuerza en protestas y que su articulado se elaboró con organizaciones sociales y define qué es la violencia.

Publicidad

El Gobierno resumió su sentido en una frase: ni un derecho menos para quien protesta en paz ni un espacio más para quien hace "terrorismo urbano". El presidente, al anunciar la firma, afirmó que en Colombia se respeta la protesta pacífica, pero no la violencia, el vandalismo ni los bloqueos que afectan a millones de ciudadanos.

Las críticas no se limitan al decreto. El senador Iván Cepeda, excandidato presidencial del Pacto Histórico, advirtió sobre el paquete de normas de orden público del Gobierno, que incluye un Estatuto Antiterrorista que aún no ha sido radicado en el Congreso. Dijo que existe el riesgo de que expresiones de la protesta social sean catalogadas como terrorismo.

Publicidad

Siga leyendo: Alcocer pide información sobre investigaciones en su contra tras declaraciones de Eva Ferrer

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación
Lo que es tendencia

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido