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EE le explica las sentencias de la JEP: ¿Por qué son importantes y qué sigue ahora?

Tras siete años de funcionamiento, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió sus dos primeras sentencias de tipo restaurativo. Sin embargo, las esperadas decisiones están en la cuerda floja por cuenta de las apelaciones de las víctimas y la falta de recursos para su cumplimiento. Estas son algunas claves para comprender el impacto de las sanciones.

Gustavo Montes Arias

24 de septiembre de 2025 - 05:01 p. m.
Tras siete años de funcionamiento, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió sus dos primeras sentencias de tipo restaurativo.
Foto: Katerine González Clavijo
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Es miércoles, día de El Espectador le explica. Han pasado poco más de siete años desde que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), creada con el Acuerdo de Paz de 2016, encendió motores y empezó a investigar los más graves crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos por grupos ilegales y agentes del Estado durante más de medio siglo de violencia en Colombia. En julio de 2018, la justicia transicional abrió los macrocasos 01 y 03. El primero investiga los secuestros cometidos por exintegrantes de las antiguas Farc. El segundo busca esclarecer los casos de ejecuciones extrajudiciales o falsos positivos que involucran a militares en retiro y a grupos paramilitares. Sobre estos dos expedientes fueron sus primeros fallos.

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Ambas decisiones han generado posiciones encontradas, conceptos críticos por parte de organizaciones de derechos humanos y entes de control, así como el rechazo de algunas víctimas. Pero, más allá de esa controversia, ¿cuál es el origen de estas decisiones de la JEP? ¿Qué trabajo adelantó la justicia especial en cada uno de los casos? ¿Quiénes son los máximos responsables que ya fueron sentenciados? ¿A qué se enfrentarán en los próximos ocho años, según lo dictado por la JEP? ¿Qué tan listo están el Estado y sus instituciones para garantizar el cumplimiento de los fallos? ¿Cuál ha sido la reacción de las víctimas? En este boletín encontrará las respuestas a estas preguntas y más. Recuerde entrar a todos los enlaces que aquí dejaremos. Comencemos.

Sentencias de la JEP: entre el valor histórico y las dudas sobre su implementación

La Sección de Primera Instancia del Tribunal de Paz tomó las dos decisiones históricas de esta semana.
Foto: Archivo

Primero, el origen de las sentencias. La JEP fue creada tras la firma del Acuerdo de Paz de 2016, entre el Estado colombiano y la antigua guerrilla de las Farc. Hace parte del llamado Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que busca esclarecer lo que sucedió durante el conflicto y garantizar la satisfacción de los derechos de las víctimas. La JEP empezó a funcionar en marzo de 2018 y desde entonces ha abierto en total 11 macrocasos que investigar para esclarecer graves violaciones de derechos humanos, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad, cometidos por los distintos actores que han hecho parte de la guerra en Colombia.

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El modelo de la JEP es de justicia transicional. Lo que busca es, a través de medidas de verdad, justicia, reparación y no repetición, transitar hacia la paz, reparar las víctimas y proteger la democracia. Sin embargo, no es la primera vez que Colombia apuesta por un modelo judicial nacido a partir de un proceso de paz. Ya lo había hecho en 2005, con la creación de Justicia y Paz, tras las negociaciones entre el gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez y grupos paramilitares. Sin embargo, sí es la primera vez que el país no condena a máximos responsables de graves delitos con penas de cárcel. Por el contrario, estableció una sanción máxima de hasta ocho años de trabajo en proyectos de tipo reparador para las víctimas y restricciones de derechos y libertades para los comparecientes.

La decisión de que los sancionados no vayan a la cárcel, sino que hagan Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador-Reparador (TOAR) no fue tomada solo por la JEP. Como lo explicó María Camila Moreno, directora del Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), esa medida se definió en el Acuerdo de 2016 y “es la cancha en la que tiene que jugar la JEP”. Si embargo, la falta de claridad en los proyectos en los que los máximos responsables pagarán sus condenas, la posibilidad de que los exjefes guerrilleros sigan participando en política y la poca claridad sobre las restricciones a la libertad están en el centro de la discusión pública. Estos son algunos contenidos relacionados con el tema:

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La primera sentencia de la JEP se conoció en la mañana del 16 de septiembre, durante una rueda de prensa en la sede principal del tribunal y en la que no hubo participación de víctimas ni de comparecientes. Fue sobre el macrocaso 01, que investiga la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por la antigua guerrilla de las Farc. Por ese macrocaso hay, en total, 4.325 personas acreditadas como víctimas en todo el país y 41 exintegrantes de las Farc imputados. Los sancionados esta semana son los siete exintegrantes del último secretariado de esa guerrilla, máximos responsables de casos emblemáticos como el de los exdiputados del Valle del Cauca, secuestrados y asesinados en abril de 2002.

Los sentenciados por este macrocaso son Rodrigo Londoño Echeverry, alias “Timochenko”; Jorge Torres Victoria, alias “Pablo Catatumbo”; Pastor Lisandro Alape Lascarro, o “Pastor Alape”; Milton de Jesús Toncel, alias “Joaquín Gómez”; Jaime Alberto Parra o “El médico”; Julián Gallo Cubillos, alias “Carlos Antonio Lozada”; y Rodrigo Granda Escobar o “Ricardo Téllez”. La JEP documentó en su investigación que hubo tres patrones criminales u objetivos detrás de esta política sistemática de secuestros, que devino en abusos sexuales, torturas y otras graves violaciones de derechos humanos: financiar a la organización ilegal, forzar el intercambio por guerrilleros presos y controlar a la población de los territorios.

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Uno de los casos documentados por la justicia transicional es el de Olga González, hija Gilberto González, secuestrado y desaparecido por las Farc. La mujer contó que ella y su familia fueron presos del dolor a 13 años y dos meses de sufrimiento e incertidumbre, a pesar de no haber cometido ningún crimen. Desde que secuestraron y desaparecieron a su padre, el agricultor Gilberto González, el 28 de mayo de 2012, en el departamento del, toda su familia se sumió en el sufrimiento. Hoy, dijo Olga, se siente inconforme con la sanción de la JEP a los máximos responsables de la política de secuestro dentro de las Farc porque la sanción de 8 años es mucho menor a los 13 años y dos meses que su familia sufrió.

Los siete exjefes guerrilleros recibieron la sanción máxima de la JEP, que son ocho años de trabajos de tipo restaurativos y restricciones de derechos y libertades. Sin embargo, la sentencia, cuyo ponente fue el magistrado Camilo Andrés Suárez Aldana, fue blanco de críticas porque no delimitó claramente asuntos claves como la participación en política, el seguimiento a las restricciones de la libertad y los proyectos en los que los máximos responsables cumplirán con sus sanciones. Hay 46 TOAR en los que se podrá cumplir la sentencia: “40 se encuentran certificados ante la Secretaría Ejecutiva de la JEP, seis se encuentran en proceso de certificación y cuatro de estos guardan una relación directa con hechos del caso 01”, dice la sentencia.

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De esa lista, son solo tres las iniciativas priorizadas, por ahora, en el papel: la búsqueda de desaparecidos en el cementerio de Palmira (Valle del Cauca); la iniciativa “Baldosas por la Memoria”, en Bogotá; y la realización de un circuito de actos restaurativos con “relatos dignificantes” en reconocimiento a las víctimas del Valle del Cauca y Neiva (Huila). El magistrado Suárez dijo en diálogo con El Espectador que por la dimensión del caso, que intentó esclarecer más de 22.000 secuestros ocurridos en distintos sitios del país, no es posible lograr una delimitación más detallada de la sentencia. Para las víctimas, ese argumento no es válido ni justo, por lo que presentaron nueve apelaciones a la sentencia.

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Roberto Vidal; Ana Ochoa y Camilo Suárez, magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), durante la lectura de la sentencia por falsos positivos (macrocaso 03), que condenó a 12 exmilitares del batallón La Popa, en Valledupar y 7 exparamilitares (izq-der).
Foto: Óscar Pérez

Dos días después de la sentencia sobre secuestros, llegó la decisión sobre falsos positivos. El 18 de septiembre se conoció el primer fallo sobre el macrocaso 03, que investigan los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado. Son, en todo el país, 4.222 víctimas acreditadas. El caso del Batallón de Infantería La Popa de Valledupar (Cesar) hace parte del Subcaso Costa Caribe, que tiene 538 personas acreditadas como víctimas. Está centrado en hechos que ocurrieron entre enero de 2002 y julio de 2005, cuando al frente de esa unidad militar estaba el coronel en retiro Publio Hernán Mejía. Fueron 15 exmilitares imputados, pero solo 12 aceptaron cargos.

Los militares en retiro que aceptaron ser máximos responsables y que fueron sentenciados por la JEP son Guillermo Gutiérrez Riveros, Heber Hernán Gómez Naranjo, Efraín Andrade Perea, Manuel Valentín Padilla Espitia, Carlos Andrés Lora Cabrales, Eduart Gustavo Álvarez Mejía, José de Jesús Rueda Quintero, Élkin Leonardo Burgos Suárez, Élkin Rojas, Juan Carlos Soto Sepúlveda, Yeris Andrés Gómez Coronel y Alex José Mercado Sierra. Los tres que no aceptaron su responsabilidad fueron llevados a juicio adversarial, un tipo de proceso muy similar al de los casos penales, en los que sí estará en juego su libertad. A finales de octubre se conocerá el monto de la condena en contra del coronel (r) Publio Hernán Mejía que podría ser hasta de 20 años de cárcel, según lo determine la JEP.

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En su investigación, la justicia transicional encontró que hubo dos patrones macrocriminales en el caso de los 135 inocentes asesinados y presentados como guerrilleros en combate, por uniformados del Batallón La Popa. El primero, dentro del cual ocurrieron 60 hechos criminales, corresponde a los asesinatos “ocurridos en el marco de una alianza y relación de connivencia entre miembros del Batallón La Popa y grupos paramilitares”, como se lee en la sentencia. El segundo patrón, dijo la magistrada Ana Manuela Ochoa, quien fue la ponente de la sentencia, corresponde a “hechos criminales ocurridos en contra de personas en situación de vulnerabilidad, aprehendidas irregularmente o engañadas”.

Dentro de las víctimas hay mujeres, campesinos, población afrodescendiente y personas de los pueblos indígenas kankuamo y wiwa. Justo uno de los casos más aberrantes que documentó la JEP fue el de Nohemí Pacheco Zabatá, que tenía 14 años cuando fue asesinada por cuatro soldados del Batallón La Popa. Vivía en la vereda El Pontón, en el corregimiento de Atánquez; una población de cerca de 6.000 habitantes, en jurisdicción de Valledupar (Cesar). En la madrugada del 9 de febrero de 2005 fue sacada a la fuerza de su vivienda, junto a Hermes Enrique Carrillo Arias. Los militares los retuvieron, los asesinaron y presentaron como guerrilleros muertos en combate.

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La JEP determinó que los 12 exmilitares trabajarán en proyectos sobre cuatro líneas: memoria y dignificación; sanción, armonización territorial y fortalecimiento organizativo; infraestructura comunitaria; productividad y generación de ingresos. El primer proyecto será el Plan Integral de Memorialización para la Costa Caribe, centrado en la construcción y mantenimiento de un mausoleo de 700 osarios en el Cementerio del Ecce Homo, de Valledupar. Allí, los sancionados tendrán acompañamiento del mecanismo de monitoreo integrado por la Misión de Verificación de las Naciones Unidas y funcionarios de la Secretaría Ejecutiva de la JEP. Además, tendrán un dispositivo electrónico para vigilar que no salgan del perímetro de la ciudad de Valledupar.

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Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos

Las dos decisiones que tomó la JEP esta semana suman 1.247 páginas y, pese a su extensión, a concepto de las víctimas, no logran contar a detalle su sufrimiento ni reparan el daño causado por guerrilleros, paramilitares y militares, los tres lados de ese triángulo que ha sido la violencia en Colombia. Por ejemplo, Ingrid Betancourt, líder política que estuvo secuestrada durante más de seis años por las Farc, le dijo a El Espectador que la sentencia es “desprovista de racionalidad y desconcertante”. Karen Castro Aguirre, hermana de Carlos Alfredo Castro Aguirre, asesinado y desaparecido en junio de 2004, señaló que para su familia, “no es nada satisfactorio saber el desenlace de una historia de tanto dolor, en la que los victimarios y asesinos parecen ser los protagonistas”.

También los entes de control y organismos de derechos humanos le han salido al paso a la sentencia. La defensora del Pueblo, Iris Marín, celebró las decisiones, pero dijo que aún hay cabos sin atar, como el reconocimiento de responsabilidades de los exjefes de las Farc en casos de violencia sexual. “Las víctimas han solicitado legítimamente que las antiguas Farc asuman en profundidad su responsabilidad por la violencia sexual”, dijo la funcionaria. Y agregó: “El desafío actual es conocer las condiciones prácticas operativas en que se garantizarán estos requisitos. En el caso de que la sentencia sea apelada, se sugiere que se avance en la discusión de los procesos de sanción y en los proyectos de sanción desde ya”.

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Como si lo hubiera vaticinado, las apelaciones no se hicieron esperar. Ya han sido interpuestas varias, a pesar de que la justicia transicional sigue en el proceso de notificación, que no ha terminado. Hoy, la Sección de Apelación de la JEP tiene sobre su escritorio nueve recursos de apelación y tres solicitudes de aclaración sobre la sentencia del caso 01. Además de dos apelaciones de los exmilitares José de Jesús Rueda Quintero y Elkin Burgos, por el caso 03. Al tiempo, el presidente Gustavo Petro recibió una carta de ocho páginas en la que la JEP le pide al gobierno que agilice el desembolso de $121.858 millones que hacen falta para que el cumplimiento de las sentencias no esté en la cuerda floja.

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Por Gustavo Montes Arias

Comunicador Social - Periodista, con interés en temas de política, conflicto, paz y memoria. Premio Nacional de Periodismo Escrito Universitario Orlando Sierra Hernández a mejor entrevista, 2022.@GustavoMontesAr
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